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Capítulo 101 - Ley de Muelles y Puertos de 1968
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 2101. Título breve - Este capítulo se conocerá y podrá ser citado como Ley...
§ 2102. Referencia a otras leyes - Cuando en este capítulo se hace referencia a una ley,...
§ 2103. Definiciones - (a) Puerto Rico.— Significa la Isla de Puerto Rico y...
§ 2104. Aplicación - Este capítulo es aplicable a las aguas navegables de Puerto...
§ 2105. Administración - La Autoridad tendrá a su cargo la ejecución y administración...
§ 2106. Ejercicio de facultades - La Autoridad, el Administrador y el Director ejercerán con arreglo...
§ 2107. Delegación de facultades - El Administrador y el Director podrán delegar y asignar a...
§ 2108. Continuación de funciones - Los funcionarios y empleados de la Autoridad y las personas...
§ 2109. Reglas y reglamentos - El Administrador podrá aprobar reglas y reglamentos en consonancia con...
§ 2110. Leyes y reglamentos vigentes - (a) La Ley Núm. 59 de 30 de abril de...
§ 2111. Procedimientos pendientes y derechos adquiridos - Este capítulo no afectará derechos adquiridos u obligaciones incurridas por...
§ 2112. Acciones contra aseguradores - El perjudicado en cualquier acción de daños y perjuicios que...
§ 2113. Emplazamientos - Se entenderá de manera incontrovertible que el dueño, capitán o...
Subcapítulo II - Poderes Generales de la Autoridad
§ 2201. Poderes generales - La Autoridad tendrá control de la navegación y el tráfico...
§ 2202. Aguas, puertos, muelles y zonas portuarias - Por la presente se ponen bajo el control y administración...
§ 2203. Multas administrativas y acción para su cobro - El Administrador podrá incluir en las reglas o reglamentos que...
§ 2204. Procedimientos de injunction - La Autoridad podrá instar procedimientos de injunction ante el Tribunal...
§ 2205. Poderes de investigación - (a) A fin de dar cumplimiento a las disposiciones de...
Subcapítulo III - Navegación y Tráfico Marítimo
§ 2301. Poderes de reglamentación - El Administrador aprobará reglas y reglamentos para regular la navegación...
§ 2302. Delito por infracción - Toda persona que ilegalmente obstruyere la navegación o el tráfico...
§ 2303. Daños - (a) Con excepción de lo especialmente dispuesto por las secs....
§ 2304. Daños por colisión - (a) Si una sola de las partes incurrió en falta,...
§ 2305. Gravamen - La demanda judicial por el daño ocasionado por un barco...
Subcapítulo IV - Servicio de Pilotaje
§ 2401. Poderes de la Autoridad - El servicio de pilotaje en los puertos de Puerto Rico...
§ 2402. Reglamentación - El Administrador aprobará reglas y reglamentos para regular el servicio...
§ 2403. Licencia de piloto - Ninguna persona podrá prestar servicio de pilotaje en los puertos...
§ 2404. Cualificaciones - La Autoridad sólo podrá expedir licencia de piloto a personas...
§ 2405. Fianza - La Autoridad no expedirá ni renovará ninguna licencia de piloto...
§ 2406. Examen, renovación y expiración de licencias - La Autoridad someterá a todo solicitante de una licencia de...
§ 2407. Suspensión, revocación y no renovación de licencias - El Director podrá, por justa causa, suspender por término determinado...
§ 2408. Delito por prestar servicios de pilotaje sin licencia - Toda persona que ilegalmente prestare, intentare u ofreciere prestar cualquier...
§ 2409. Penalidades por incumplimiento de deberes - La Autoridad impondrá y cobrará por cada infracción una multa...
§ 2410. Responsabilidad por daños - Todo piloto que cause daño a otra persona o a...
§ 2411. Gravamen sobre fianza - La responsabilidad en que incurra un piloto bajo las secs....
§ 2412. Barcos sujetos a servicio de pilotaje - Ningún barco extranjero ni ningún barco de Estados Unidos que...
§ 2413. Exenciones - (a) Todo barco matriculado y con licencia para dedicarse al...
§ 2414. Honorarios de pilotaje - (a) Cuatro dólares ($4) por cada pie o fracción de...
§ 2415. Retención del piloto a bordo - Un piloto que sea retenido innecesariamente a bordo de un...
§ 2416. Responsabilidad civil - La responsabilidad civil proveniente de las secs. 2414 y 2415...
§ 2417. Gravamen - La demanda judicial por los honorarios fijados en la sec....
§ 2418. Delito por no usar piloto - Todo capitán de barco sujeto a servicio de pilotaje según...
Subcapítulo V - Puertos y Muelles
§ 2501. Poderes de la Autoridad - La Autoridad tendrá el control del movimiento de barcos, pasajeros...
§ 2502. Reglamentación - El Administrador aprobará reglas y reglamentos para regular el movimiento...
§ 2503. Delito por infracciones - Toda persona que violare cualquiera de las disposiciones de las...
§ 2504. Daños - Toda persona que cause daño a otra o a la...
§ 2505. Tarifas, derechos, rentas y otros cargos por facilidades de la Autoridad - La Autoridad cobrará por el uso de sus facilidades portuarias,...
§ 2506. Tarifas, derechos, rentas y otros cargos por servicios de la Autoridad - La Autoridad cobrará además a todo barco que entre a...
§ 2507. Exenciones - (a) Todo barco perteneciente o bajo el control de los...
§ 2508. Responsabilidad civil y detención del barco - Ningún barco sujeto a cualquier pago de acuerdo con lo...
§ 2509. Gravamen - La demanda judicial por cualquier suma adeudada por un barco...
§ 2510. Responsabilidad civil y gravamen por cargo sobre mercancía - El dueño de toda mercancía y su agente serán solidariamente...
§ 2511. Derecho anual de licencia - (a) Todo barco dedicado exclusivamente al tráfico marítimo entre puertos...
§ 2512. Detención del barco y gravamen - La Autoridad detendrá a todo barco o embarcación que deba...
§ 2513. Daños - Toda persona que cause daño a otra o a la...
§ 2514. Registro de embarcaciones - Todo barco y embarcación a que se refiere la sec....
§ 2515. Detención de la embarcación - La Autoridad detendrá a todo barco o embarcación que deba...
§ 2516. Delito por infracciones - Toda persona que voluntariamente dedique una embarcación al tráfico, o...
§ 2517. Venta en pública subasta - El Administrador dispondrá en las reglas y reglamentos que apruebe...
Subcapítulo VI - Zonas Portuarias
§ 2601. Delimitación - El Administrador delimitará, en consulta con la Junta de Directores...
§ 2602. Facultades y deberes de la Autoridad - La Autoridad tendrá el control, jurisdicción y administración de toda...
§ 2603. Poderes de reglamentación - El Administrador aprobará reglas y reglamentos para reservar, regular y...
§ 2604. Autorización para construcciones, extracción de arena y depósito de mercancías - Ninguna persona podrá construir ningún edificio, estructura, seto o cerca,...
§ 2605. Delito por infracciones - Toda persona que ilegalmente construyere cualquier edificio, estructura, seto o...
§ 2607. Daños - Toda persona que incurra en cualquiera de los actos prohibidos...
Subcapítulo VIII - Pena por Delitos
§ 2801. Penalidades - Los delitos definidos en las secs. 2302, 2408, 2503, 2516...
Capítulo 102 - Autoridad del Puerto de las Américas
§ 2901. Definiciones - (a) Agencia federal.— Los Estados Unidos de América, su Presidente,...
§ 2902. Creación - Por la presente se crea una corporación pública e instrumentalidad...
§ 2903. Junta de Directores - (a) La Autoridad estará dirigida por una Junta de Directores,...
§ 2904. Director Ejecutivo—Facultades, deberes y funciones - (a) Ser el principal oficial ejecutivo de la Autoridad. (b)...
§ 2905. Autoridad—Propósito, facultades y poderes - (a) Tener sucesión perpetua como corporación. (b) Adoptar, alterar y...
§ 2906. Autoridad—Funcionarios y empleados - (a) El personal de la Autoridad quedará excluido de la...
§ 2907. Autoridad—Dineros y cuentas - (a) Todos los dineros de la Autoridad se depositarán en...
§ 2908. Declaración de utilidad pública; adquisición de propiedades por expropiación forzosa - (a) Por la presente se declaran de utilidad pública todos...
§ 2909. Transferencia de bienes por municipios - No obstante cualquier disposición de ley en contrario, incluyendo la...
§ 2910. Contrato de diseño, desarrollo, construcción, financiamiento, operación y mantenimiento - (a) La Autoridad, mediante contratos de concesión administrativa, contratos de...
§ 2911. Contratos de construcción y compras - (a) Cuando se requiera la inmediata entrega de materiales, efectos...
§ 2912. Bonos - (a) La Autoridad queda por la presente autorizada a emitir...
§ 2913. Exención contributiva - (a) Por la presente se resuelve y declara que los...
§ 2914. Acuerdos del Gobierno del E.L.A. - El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico se...
§ 2915. Derecho a nombramiento de síndico por falta de pago - (a) En caso de que la Autoridad faltare al pago...
§ 2916. Remedios de los tenedores de bonos - (a) Cualquier tenedor de bonos o su fiduciario, sujeto a...
§ 2917. Informes - La Autoridad someterá a la Asamblea Legislativa y al Gobernador...
§ 2918. Asignación inicial de fondos - Se asigna a la Autoridad la cantidad de tres millones...
§ 2919. Distribución de fondos - La Junta de Directores de la Autoridad podrá de tiempo...
§ 2920. Exención de requisitos de las secs. 433 y 434 de este título - Por la presente se exime a la Autoridad de las...
§ 2921. Exención de requisitos de la Ley de Servicio Público de Puerto Rico - Por la presente se exime a la Autoridad y a...
§ 2922. Disposiciones en pugna que quedan sin efecto - En los casos en que las disposiciones de este capítulo...
§ 2923. Normas de interpretación de este capítulo - Los poderes y facultades conferidos a la Autoridad por este...
Capítulo 105 - Autoridad de las Navieras
§ 3051. Título breve - Este capítulo podrá citarse como la “Ley de las Navieras...
§ 3053. Definiciones - (a) Autoridad.— Significará la Autoridad de las Navieras de Puerto...
§ 3054. Creación - Por la presente se crea un cuerpo corporativo y político...
§ 3054a-1. Oficiales y empleados - (a) Los nombramientos, destituciones, ascensos, traslados, separaciones, restituciones, suspensiones, licencias...
§ 3055. Poderes generales - (a) Tener existencia perpetua como corporación; (b) adoptar, enmendar y...
§ 3058. Exención contributiva - (a) Por la presente se resuelve y declara que los...
§ 3060. Contratos de construcción y compra - (1) Debido a una emergencia se requiera inmediata entrega de...
§ 3063. Bonos - (a) Por la presente se faculta a la Autoridad a...
§ 3064. Convenio de fideicomiso - A discreción de la Autoridad, cualquier bono emitido bajo las...
§ 3067. Remedios de los tenedores de bonos - (a) Cualquier tenedor de bonos o su fiduciario, sujeto a...
§ 3069. Inversiones legales - Los bonos de la Autoridad serán inversiones legales y podrán...
§ 3071. Convenio del Estado Libre Asociado con tenedores de bonos - El Estado Libre Asociado por la presente se compromete y...
§ 3074. Autorización para negociar y ejecutar acuerdos o contratos financieros - Se autoriza a la Autoridad de las Navieras de Puerto...
§ 3075. Pago de principal e intereses por El Estado Libre Asociado - El Estado Libre Asociado de Puerto Rico honrará el pago...
§ 3076. Cumplimiento del plan de pago; depósito de la cantidad en una cuenta especial - El Secretario de Hacienda depositará en una cuenta especial en...
§ 3077. Asignación de fondos para el financiamiento por la Asamblea Legislativa - Las cantidades aquí autorizadas a ser provistas por el Tesoro...
Capítulo 107 - Ley de la Autoridad de Transporte Marítimo
§ 3201. Definiciones - (a) Agencia federal.— Significa los Estados Unidos de América, el...
§ 3203. Autoridad—Deberes, poderes y facultades - (a) Poderes del Secretario.— Los poderes y deberes de la...
§ 3206. Junta de Directores—Funciones - La Junta de Directores de la Autoridad de Transporte Marítimo...
§ 3207. Informe - (a) Un estado financiero e informe completo de los negocios...
§ 3208. Adquisición de propiedades - A solicitud de la Autoridad, el Gobernador de Puerto Rico...
§ 3209. Traspaso de fondos y propiedades - No obstante cualquier disposición de ley en contrario, todos los...
§ 3210. Contratos de construcción, operación y compra - (a) Todo contrato de obra, servicios, excepto servicios personales, y...
§ 3211. Exención contributiva - La Autoridad estará exenta del pago de todas las contribuciones,...
§ 3212. Declaración de utilidad pública - Los fines para los cuales se crea la Autoridad y...
§ 3213. Transferencia de fondos y propiedades de la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico - (a) La Autoridad de los Puertos de Puerto Rico traspasará...
§ 3214. Exclusiones - Los servicios de transportación por lanchas que preste el Departamento...
§ 3215. Injunctions - No se expedirá ningún injunction para impedir la aplicación de...
Capítulo 108 - Seguridad Portuaria
§ 3221. Definiciones - (a) Embarcación.— Incluye toda descripción de nave acuática u otro...
§ 3222. Declaración de política pública - (a) Que los puertos marítimos de Puerto Rico cumplirán con...
§ 3223. Presupuesto - (a) Para cumplir, formalizar y realizar toda aquella gestión o...