El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete por la presente y acuerda con cualquier persona, que suscriba o adquiera bonos de la Autoridad, a no limitar ni restringir los derechos o poderes que por la presente se confieren a la Autoridad, hasta tanto dichos bonos, de cualquier fecha que sean, conjuntamente con los intereses sobre los mismos, queden totalmente solventados y retirados. El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico se compromete y acuerda, además, con cualquiera agencia federal que, en caso de que cualquiera agencia federal construya, extienda, mejore o amplíe, o contribuya con cualesquiera fondos para la construcción, extensión, mejora o ampliación de cualquier propiedad de la Autoridad, no alterará ni limitará los derechos o poderes de la Autoridad en forma alguna que sea incompatible con la continua conservación y explotación de dicha propiedad, o de la extensión, mejora o ampliación de la misma, o que sea incompatible con la debida ejecución de cualesquiera convenios entre la Autoridad y dicha agencia federal; y la Autoridad continuará teniendo, y podrá ejercer, por todo el tiempo que fuere necesario o conveniente para llevar a cabo los fines de este capítulo y el propósito de cualquiera agencia federal al construir, extender, mejorar, o ampliar, o contribuir con fondos para la construcción, extensión, mejoramiento o ampliación de dicha propiedad o parte de la misma, todos los derechos y poderes que por la presente se le confieren.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte IV - Navegacion y Trafico Maritimo
Capítulo 102 - Autoridad del Puerto de las Américas
§ 2904. Director Ejecutivo—Facultades, deberes y funciones
§ 2905. Autoridad—Propósito, facultades y poderes
§ 2906. Autoridad—Funcionarios y empleados
§ 2907. Autoridad—Dineros y cuentas
§ 2908. Declaración de utilidad pública; adquisición de propiedades por expropiación forzosa
§ 2909. Transferencia de bienes por municipios
§ 2910. Contrato de diseño, desarrollo, construcción, financiamiento, operación y mantenimiento
§ 2911. Contratos de construcción y compras
§ 2914. Acuerdos del Gobierno del E.L.A.
§ 2915. Derecho a nombramiento de síndico por falta de pago
§ 2916. Remedios de los tenedores de bonos
§ 2918. Asignación inicial de fondos
§ 2919. Distribución de fondos
§ 2920. Exención de requisitos de las secs. 433 y 434 de este título
§ 2921. Exención de requisitos de la Ley de Servicio Público de Puerto Rico