Toda persona que cause daño a otra o a la Autoridad al violar cualquiera de las disposiciones de las reglas o reglamentos aprobados y promulgados por el Administrador según se provee en la sec. 2502 de este título incurrirá en responsabilidad civil de acuerdo con lo dispuesto en las secs. 2303 y 2304 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte IV - Navegacion y Trafico Maritimo
Capítulo 101 - Ley de Muelles y Puertos de 1968
Subcapítulo V - Puertos y Muelles
§ 2501. Poderes de la Autoridad
§ 2503. Delito por infracciones
§ 2505. Tarifas, derechos, rentas y otros cargos por facilidades de la Autoridad
§ 2506. Tarifas, derechos, rentas y otros cargos por servicios de la Autoridad
§ 2508. Responsabilidad civil y detención del barco
§ 2510. Responsabilidad civil y gravamen por cargo sobre mercancía
§ 2511. Derecho anual de licencia
§ 2512. Detención del barco y gravamen
§ 2514. Registro de embarcaciones
§ 2515. Detención de la embarcación