La Autoridad podrá instar procedimientos de injunction ante el Tribunal de Primera Instancia para hacer que se cumplan las disposiciones de este capítulo y las disposiciones de las reglas o reglamentos que apruebe y promulgue el Administrador o que continúan en vigor según se provee en el mismo, bastando para que se expida la orden de entredicho o el injunction preliminar o permanente con demostrar que el remedio es necesario para evitar que se viole cualquiera de dichas disposiciones.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte IV - Navegacion y Trafico Maritimo
Capítulo 101 - Ley de Muelles y Puertos de 1968
Subcapítulo II - Poderes Generales de la Autoridad
§ 2202. Aguas, puertos, muelles y zonas portuarias
§ 2203. Multas administrativas y acción para su cobro