2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 2106. Ejercicio de facultades

La Autoridad, el Administrador y el Director ejercerán con arreglo a las secs. 331 et seq. de este título los poderes y funciones que por el presente capítulo se confieren a la Autoridad, excepto que en todo lo concerniente al Puerto de las Américas, será la Autoridad del Puerto de las Américas y su Director Ejecutivo quienes ejercerán los poderes y funciones que por el presente capítulo se confieren a la Autoridad del Puerto de las Américas.