El Estado Libre Asociado por la presente se compromete y conviene con los tenedores de cualesquiera bonos emitidos bajo este capítulo, y con las partes que puedan entrar en contratos con la Autoridad de acuerdo con las disposiciones del mismo, que el Estado Libre Asociado no limitará ni alterará los derechos conferidos por el presente a la Autoridad hasta que tales bonos, junto con los intereses sobre los mismos, sean satisfechos y redimidos y tales contratos se cumplan plenamente por parte de la Autoridad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte IV - Navegacion y Trafico Maritimo
Capítulo 105 - Autoridad de las Navieras
§ 3054a-1. Oficiales y empleados
§ 3060. Contratos de construcción y compra
§ 3064. Convenio de fideicomiso
§ 3067. Remedios de los tenedores de bonos
§ 3071. Convenio del Estado Libre Asociado con tenedores de bonos
§ 3074. Autorización para negociar y ejecutar acuerdos o contratos financieros
§ 3075. Pago de principal e intereses por El Estado Libre Asociado
§ 3076. Cumplimiento del plan de pago; depósito de la cantidad en una cuenta especial
§ 3077. Asignación de fondos para el financiamiento por la Asamblea Legislativa