(1) Debido a una emergencia se requiera inmediata entrega de materiales, efectos y equipo, o ejecución de servicios;
(2) se necesiten piezas de repuesto, accesorios, equipo o servicios suplementarios para efectos o servicios previamente suministrados o contratados;
(3) se requieran servicios o trabajos de profesionales o de expertos y la Autoridad estime, en aras de una buena administración, tales servicios o trabajos deban contratarse sin mediar tales anuncios, o
(4) los precios no estén sujetos a competencia, porque no haya más que una sola fuente de suministro o porque estén regulados por la ley; en tales casos, la compra de materiales, efectos y equipo, o la obtención de tales servicios, podrá hacerse en mercado abierto en la forma usual de la práctica comercial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte IV - Navegacion y Trafico Maritimo
Capítulo 105 - Autoridad de las Navieras
§ 3054a-1. Oficiales y empleados
§ 3060. Contratos de construcción y compra
§ 3064. Convenio de fideicomiso
§ 3067. Remedios de los tenedores de bonos
§ 3071. Convenio del Estado Libre Asociado con tenedores de bonos
§ 3074. Autorización para negociar y ejecutar acuerdos o contratos financieros
§ 3075. Pago de principal e intereses por El Estado Libre Asociado
§ 3076. Cumplimiento del plan de pago; depósito de la cantidad en una cuenta especial
§ 3077. Asignación de fondos para el financiamiento por la Asamblea Legislativa