2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 105 - Autoridad de las Navieras
§ 3060. Contratos de construcción y compra

(1) Debido a una emergencia se requiera inmediata entrega de materiales, efectos y equipo, o ejecución de servicios;
(2) se necesiten piezas de repuesto, accesorios, equipo o servicios suplementarios para efectos o servicios previamente suministrados o contratados;
(3) se requieran servicios o trabajos de profesionales o de expertos y la Autoridad estime, en aras de una buena administración, tales servicios o trabajos deban contratarse sin mediar tales anuncios, o
(4) los precios no estén sujetos a competencia, porque no haya más que una sola fuente de suministro o porque estén regulados por la ley; en tales casos, la compra de materiales, efectos y equipo, o la obtención de tales servicios, podrá hacerse en mercado abierto en la forma usual de la práctica comercial.