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Capítulo 41 - Seguro Social en General
§ 611. Consentimiento legislativo sobre la extensión a Puerto Rico de la Ley de Seguridad Social - Por la presente se expresa el deseo y consentimiento de...
Capítulo 41A - Número de Seguro Social
§ 621a. Prohibición del uso - (a) Ningún patrono, de [una] empresa privada o de corporaciones...
§ 621b. Política pública sobre el uso - (a) Disponer la política pública sobre el uso del número...
Capítulo 42 - Empleo Prioritario de Personas Mayores de 60 Años
§ 622. Política pública—Establecimiento - Se establece como política pública del Gobierno del Estado Libre...
§ 623. Reglamentos - Se faculta al Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos...
§ 624. Prioridad en el empleo público y privado - (a) El Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos,...
§ 625. Junta—Creación; reglamentación adicional - (a) Se crea una Junta que se conocerá como la...
§ 626. Orden de concesión de incentivos o beneficios - (1) Personas con impedimentos que no tengan un alimentante y...
§ 627. Informe - La Junta rendirá un informe ante la consideración del Gobernador...
Capítulo 45 - Seguro Social para Chóferes y otros Empleados
§ 681. Definiciones - (a) Chófer.— Toda persona natural autorizada de acuerdo con la...
§ 683. Pago de pensiones por enfermedad - (a) La pensión normal que por razón de enfermedad se...
§ 684. Elegibilidad para pensiones por enfermedad - (1) Que haya pagado al Fondo para el Seguro Social...
§ 687. Beneficios de seguro de vida; beneficiarios - Al morir cualquier asegurado que hubiere cumplido con las condiciones...
§ 688a. Prescripción; dispensa - (1) Que el Secretario determine que medió causa justificada para...
§ 688b. Determinación de elegibilidad, cómputos - Para determinar si el asegurado ha pagado las cotizaciones correspondientes...
§ 689. Solicitud de beneficios de pensión; determinación y reconsideración; apelación ante el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos; revisión judicial - (a) Toda persona que crea tener derecho a los beneficios...
§ 690. Cotización de cuotas; cobro - (a) Todos los asegurados empleados de Puerto Rico cubiertos por...
§ 693. Licencia con sueldo por enfermedad - Los asegurados que tengan derecho a recibir los beneficios que...
§ 693a. Reserva de empleo, reinstalación; condiciones - (1) Que el trabajador requiera al patrono que lo reponga...
§ 695. Actos ilegales y penalidades - (a) Actos ilegales.— Será ilegal: (1) Dejar de pagar las...
Capítulo 47 - Ley de Seguridad de Empleo
§ 702. Definiciones - (a) Embarcación americana o Embarcación de Estados Unidos.— Significa cualquier...
§ 703. Fórmula de beneficio - (a) Pago de beneficio.— Se pagarán beneficios del fondo a...
§ 704. Condiciones para recibir beneficios - (a) Elegibilidad para beneficios— (1) Se considerará que un trabajador...
§ 705. Determinaciones, notificación y pago de beneficios - (a) Pago de beneficios.— Se pagarán beneficios a través de...
§ 706. Apelaciones - (a) Arbitros.— El Secretario nombrará uno o más árbitros de...
§ 707. Determinaciones sobre unidades de empleo - (a) Determinaciones y reconsideraciones.— (1) El Director determinará a base...
§ 708. Contribuciones - (a) Definiciones.— A menos que de su contexto se deduzca...
§ 709. Cobro de contribuciones atrasadas e impugnadas - (a) Interés sobre contribuciones vencidas.— Si las contribuciones no fueran...
§ 710. Fondo de Desempleo - (a) Creación y control.— Por la presente se establece un...
§ 711. Fondo de Administración de Seguridad de Empleo - (a) Establecimiento de Fondo de Administración.— Por la presente se...
§ 711a. Fondo Auxiliar Especial - (a) Establecimiento del Fondo Auxiliar Especial.— Por la presente se...
§ 711b. Fondo para el pago de intereses sobre préstamos - (a) Creación.— Por la presente se establece un fondo especial...
§ 711c. Fondo para el Fomento de Oportunidades de Trabajo - (a) Establecimiento del Fondo.— Por la presente se crea en...
§ 711d. Fondo para Gastos Administrativos - (a) Establecimiento del Fondo.— Por esta sección se crea en...
§ 711e. Relevo autorizado en el pago de intereses, penalidades y recargos - (a) Todo patrono acogido al sistema de experiencia de las...
§ 712. Organización administrativa - (a) Negociado de Seguridad de Empleo de Puerto Rico.— Por...
§ 713. Administración - (a) Deberes y facultades del Secretario.— (1) Será obligación del...
§ 714. Penalidades por acción u omisión - (a) Falsa representación para obtener beneficios.— Cualquier persona que dé...
§ 715. Acuerdos de reciprocidad - (a) Pago de beneficios interestatales.— El Secretario queda autorizado para...
§ 716. Estudios a cargo del Secretario - Por la presente se instruye al Secretario para que inmediatamente...
§ 716a. Adición a la duración de beneficios en una situación especial de desempleo - (a) Situación especial de desempleo no agrícola.— (1) El Secretario...
§ 716b. Adición a la duración de beneficios en una situación especial de desempleo—Agrícola - (a) Se declara una situación especial de desempleo en la...
§ 716c. Establecimiento del Programa Federal-Estatal de Beneficios Extendidos de Seguro por Desempleo - (a) Por esta sección se crea un Programa Federal-Estatal de...
§ 717. Cláusula de reserva - La Asamblea Legislativa se reserva el derecho de enmendar o...
Capítulo 54 - Ley Ponte al Día con tu Responsabilidad Patronal: Plan de Incentivo para el Pago de Contribuciones, Cuotas, Cotizaciones, Declaraciones de Nómina y/o Primas Adeudadas
§ 726. Plan de incentivos - (a) Deudas a pagarse al instante en su totalidad, no...
§ 726a. Términos y condiciones - (a) El patrono deberá estar al día en el pago...
§ 726c. Penalidades - El patrono que no elija ser parte de este plan...
§ 726f. Venta de los planes de pago - Sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 354 et...