2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 54 - Ley Ponte al Día con tu Responsabilidad Patronal: Plan de Incentivo para el Pago de Contribuciones, Cuotas, Cotizaciones, Declaraciones de Nómina y/o Primas Adeudadas
§ 726a. Términos y condiciones

(a) El patrono deberá estar al día en el pago y radicación de cualquier contribución, correspondiente a periodos, incluyendo trimestres o meses, que comiencen luego del 1 de julio de 2013 o haber pagado el equivalente a lo anterior al momento de acogerse al plan de incentivos.
(b) Al momento de establecerse el plan de incentivos bajo este capítulo, se deberán detallar todas las deudas cubiertas en el plan de incentivos. Sin embargo, el patrono al acogerse al plan de incentivos, renuncia a cualquier objeción a la tasación o notificación de la deuda objeto del plan.
(c) Aquellos patronos que se encuentren en el proceso de una intervención, auditoría fiscal o en un proceso de vista administrativa o revisión judicial podrán acogerse al plan de incentivos, siendo tal hecho causa suficiente para desistir del proceso de investigación, administrativo o judicial, con relación a la deuda o deudas objeto del plan.
(d) Aquellos patronos que estén acogidos a algún plan de pagos con el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, o con la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, al momento de entrar en vigor esta ley podrán renegociar el balance pendiente de dicho plan de pago con el Secretario o el Administrador, según sea el caso, bajo los términos y condiciones establecidos en el plan de incentivos provistos por este capítulo.
(e) El pago o la propuesta de pago bajo el plan de incentivos que se opte al amparo de esta Ley será voluntario y final para todos los fines y no estará sujeto a reclamaciones posteriores de reintegro, reembolso o crédito.