(a) El alguacil o la alguacila, por sí mismo o por sí misma, o por mediación de uno o una de sus auxiliares, estará a cargo de la seguridad de los jueces y de las juezas, de sus familiares inmediatos y de los empleados y las empleadas del tribunal.
(b) El alguacil o la alguacila, o uno o una de sus auxiliares, asistirá a cada sesión del tribunal o se asegurará de que uno o una de sus auxiliares lo haga. Además, tendrá a su cargo el cuidado y la inspección general del edificio donde se halla instalado el tribunal y de todos los muebles y demás propiedades de éste.
(c) El alguacil o la alguacila hará entrega de los autos, los mandamientos, las comunicaciones y los avisos librados por el tribunal, o bajo la autoridad de éste, e informará en la forma debida el diligenciamiento de estos documentos, o se asegurará de que uno o más de los alguaciles o las alguacilas auxiliares lo hagan bajo su dirección y responsabilidad.
(d) El alguacil o la alguacila , sin necesidad de una orden especial al efecto, deberá mantener la seguridad y el orden en las dependencias del tribunal.
(e) Al ocupar los jueces y las juezas del tribunal sus asientos en el Salón de Sesiones, el alguacil o la alguacila anunciará que el Tribunal Supremo de Puerto Rico se halla celebrando audiencia pública. El tribunal permanecerá abierto desde ese instante hasta que los jueces y las juezas se retiren del salón, dando por terminada la sesión del día, a menos que se ordene lo contrario. En ese caso el alguacil o la alguacila hará un anuncio en tal sentido.
(f) El alguacil o la alguacila se encargará de que la Oficina de la Administración de los tribunales provea a cada juez y jueza los medios adecuados para mantenerse en constante comunicación con el tribunal y con los demás jueces y juezas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXI-B. Reglamento del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2011)
XXI-B - Reglamento del Tribunal Supremo de Puerto Rico (2011)
Regla 4. Funcionamiento del tribunal
Regla 5. Decisiones en los méritos
Regla 6. Reuniones del pleno y de salas
Regla 9. El Secretario o la Secretaria
Regla 10. Alguacil o alguacila
Regla 12. Admisión al ejercicio de la abogacía
Regla 13. Admisión al notariado
Regla 14. Quejas y procedimientos disciplinarios contra abogados, abogadas, notarios y notarias
Regla 15. Casos de incapacidad mental de abogados y abogadas
Regla 16. Procedimiento en acciones de jurisdicción original
Regla 17. Presentación de la apelación
Regla 18. Procedimientos específicos para el recurso de apelación
Regla 19. Alegatos en apelación
Regla 21. Alegatos en recursos de certiorari
Regla 22. Disposiciones especiales aplicables en casos al amparo de la sec. 4032 del Título 16
Regla 23. Procedimiento para las certificaciones intrajurisdiccionales
Regla 24. Certificación expedida
Regla 25. Procedimiento en la certificación interjurisdiccional
Regla 26. Alegatos en certificación
Regla 27. Recursos gubernativos
Regla 28. Moción de orden provisional en auxilio de jurisdicción
Regla 30. Criterios para la expedición de autos
Regla 32. Desistimiento y desestimación
Regla 35. Preparación del legajo o expediente
Regla 36. Referencias a la trascripción de evidencia
Regla 40. Forma de los escritos; copias
Regla 42. Sustitución de partes
Regla 43. Comparecencia como amicus curiae
Regla 44. Opciones del tribunal
Regla 45. Mociones de reconsideración; mandatos
Regla 46. Órdenes para mostrar causa
Regla 47. Traducciones in forma pauperis