(a) Además de todas las otras notificaciones requeridas a continuación, un peticionario proveerá notificaciones especiales sobre (1) la radicación de una petición, (2) una vista solicitada por el peticionario para la emisión de una orden que determine que el peticionario es elegible para alivio bajo las secs. 113 a 113nn de este título, (3) la vista sobre una transferencia conforme a la sec. 113f de este título, y (4) la vista de confirmación del plan propuesto. Esas notificaciones se publicarán en el portal electrónico para su caso bajo las secs. 113 a 113nn de este título y se publicarán conforme al inciso (c)(2) de la sec. 111o de este título.
(b) La notificación será enviada a:
(1) Todas las partes interesadas (excepto los tenedores de reclamaciones no enumeradas conforme al inciso (a)(2) de la sec. 113a de este título) para las cuales el peticionario tenga récords electrónicos internos accesibles con su dirección postal y dirección electrónica,
(2) todas las entidades que presenten mociones de comparecencia, y
(3) conforme al inciso (c) de esta sección, los tenedores de reclamaciones no enumeradas según el inciso (a)(2) de la sec. 113a de este título.
(c) Independientemente de cualquier disposición contractual o ley aplicable en contrario, la notificación de los eventos enumerados en el inciso (a) de esta sección a los tenedores de reclamaciones no enumeradas conforme al inciso (a)(2) de la sec. 113a de este título será apropiada y razonable si la publicación de la notificación se hace conforme al inciso (c)(2) de la sec. 111o de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 1 - Finanzas del Gobierno
Subcapítulo III - Cumplimento con la Deuda
§ 113a. Requisitos de presentación de la petición
§ 113b. Notificación de comienzo
§ 113c. Paralización automática
§ 113d. Remedios por violar la paralización automática
§ 113g. Distribución del producto de la transferencia de sustancialmente todos los activos
§ 113h. Protección al adquirente de buena fe
§ 113i. Exclusividad del peticionario
§ 113k. Deuda afectada con derecho al voto
§ 113n. Estándares para la confirmación del plan
§ 113o. Cumplimiento con la declaración final de distribución y la orden de confirmación
§ 113p. Poderes de la Sala Especializada
§ 113q. Creación de los comités de acreedores
§ 113r. Poderes y deberes de los comités nombrados
§ 113s. Limitaciones a los comités
§ 113v. Uso o arrendamiento de propiedad no sujeta a aprobación de la Sala Especializada
§ 113w. Protección adecuada para uso de propiedad sujeta a un gravamen o prenda
§ 113x. Cláusulas ipso facto inejecutables; cesión de contratos
§ 113y. Rechazo, menoscabo y modificación de un contrato
§ 113bb. Activos que respaldan los planes de beneficio para retirados
§ 113dd. Reclamaciones permitidas
§ 113ee. Reclamaciones para reembolso, contribución, indemnización y subrogación
§ 113ff. Pago de gastos administrativos en espera de la confirmación del plan
§ 113hh. Entrega de la propiedad del peticionario
§ 113jj. Notificación de mociones
§ 113kk. Notificaciones especiales