(a) Las reclamaciones para reembolso, contribución o indemnización no deberán ser permitidas en la medida en que su autorización provoque que un peticionario tenga que pagar la misma deuda más de una vez. En la medida en que dichas reclamaciones se relacionen a deudas que existan antes de que se presente una petición bajo las secs. 113 a 113nn de este título, dichas reclamaciones no se considerarán reclamaciones administrativas.
(b) La Sala Especializada debe subordinar al reclamo de un acreedor, y para beneficio de dicho acreedor un reclamo de subrogación permitido de una entidad que sea responsable con el peticionario en, o que haya asegurado, el reclamo del acreedor, hasta que el reclamo de dicho acreedor se pague en su totalidad, ya sea bajo pagos bajo las secs. 113 a 113nn de este título o de alguna otra manera.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 1 - Finanzas del Gobierno
Subcapítulo III - Cumplimento con la Deuda
§ 113a. Requisitos de presentación de la petición
§ 113b. Notificación de comienzo
§ 113c. Paralización automática
§ 113d. Remedios por violar la paralización automática
§ 113g. Distribución del producto de la transferencia de sustancialmente todos los activos
§ 113h. Protección al adquirente de buena fe
§ 113i. Exclusividad del peticionario
§ 113k. Deuda afectada con derecho al voto
§ 113n. Estándares para la confirmación del plan
§ 113o. Cumplimiento con la declaración final de distribución y la orden de confirmación
§ 113p. Poderes de la Sala Especializada
§ 113q. Creación de los comités de acreedores
§ 113r. Poderes y deberes de los comités nombrados
§ 113s. Limitaciones a los comités
§ 113v. Uso o arrendamiento de propiedad no sujeta a aprobación de la Sala Especializada
§ 113w. Protección adecuada para uso de propiedad sujeta a un gravamen o prenda
§ 113x. Cláusulas ipso facto inejecutables; cesión de contratos
§ 113y. Rechazo, menoscabo y modificación de un contrato
§ 113bb. Activos que respaldan los planes de beneficio para retirados
§ 113dd. Reclamaciones permitidas
§ 113ee. Reclamaciones para reembolso, contribución, indemnización y subrogación
§ 113ff. Pago de gastos administrativos en espera de la confirmación del plan
§ 113hh. Entrega de la propiedad del peticionario
§ 113jj. Notificación de mociones
§ 113kk. Notificaciones especiales