(a) Todas las alegaciones, solicitudes y mociones bajo este capítulo se radicarán conforme la Regla 8.7 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico; Disponiéndose, que todas las alegaciones, solicitudes y mociones radicadas en español estarán acompañadas de una traducción al inglés.
(b) Todas las vistas, opiniones y órdenes se harán en el idioma designado por el juez y conforme con las disposiciones de las secs. 59 a 59f del Título 1.
(c) Cada deudor del sector público que solicite alivio bajo este capítulo deberá publicar en su portal electrónico copias en inglés y español de cada transacción consensual de alivio de deuda propuesta de acuerdo con las secs. 112 a 112f de este título y cada plan propuesto en cualquier caso bajo las secs. 113 a 113nn de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 1 - Finanzas del Gobierno
Subcapítulo I - Disposiciones Generales
§ 111. Título corto y emergencia fiscal
§ 111c. Aplicabilidad de la ley
§ 111e. Cláusula de separabilidad
§ 111g. Inaplicabilidad de otras leyes
§ 111i. Responsabilidades y poderes de la Sala Especializada
§ 111j. Jurisdicción sobre la materia, la persona e in rem
§ 111k. Interacción entre las secs. 112 a 112f y las secs. 113 a 113nn de este título
§ 111m. Naturaleza vinculante de las determinaciones judiciales
§ 111n. Efecto de las órdenes de aprobación, transferencia o confirmación
§ 111p. Aplicabilidad de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico
§ 111r. Notificación de comparecencia y requisitos de las alegaciones
§ 111t. Agente de notificación
§ 111u. Confidencialidad de ciertas radicaciones
§ 111v. Deliberaciones confidenciales
§ 111w. Inexistencia de una causa de acción privada implícita
§ 111x. Representación legal especial, divulgación profesional y anticipos
§ 111bb. Protección adecuada y poder de razón de estado
§ 111dd. Limitaciones a traspasos preferentes
§ 111ee. Recobro de traspasos preferentes
§ 111hh. Nombramiento del Administrador de Emergencia