2020 Laws of Puerto Rico
XIII. Reglamento de la Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial (1974)
Artículo 21. Evaluación de servicios

(21.0) Evaluación de servicios.— A los efectos de mantener la eficiencia del servicio de los empleados dentro de la Rama Judicial, se preparará un plan de evaluaciones periódicas.
(21.1) Responsabilidad.— La responsabilidad de establecer y revisar el plan de evaluación será del Director Administrativo de los Tribunales. Sin embargo, la responsabilidad de la administración del plan, será de los supervisores en todos los niveles.
(21.2) Normas generales para el plan.—
(a) Las evaluaciones se harán con la frecuencia que se determine por el Director Administrativo de los Tribunales para las distintas clases de puestos.
(b) Los empleados serán notificados de la evaluación y se les ofrecerá la oportunidad de discutirlas.