2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 362 - Financiamiento Municipal
§ 8270. Agente fiscal

(a) No obstante, cualquier disposición de este Código, reglamento, ordenanza o resolución en contrario, la AAFAF será el agente fiscal de los municipios con responsabilidad de velar por el fiel cumplimiento de este Código y la sana administración de la actividad prestataria municipal. Ningún municipio podrá incurrir en una obligación evidenciada por bonos, pagarés o cualesquiera otros instrumentos bajo las disposiciones de este Código sin la aprobación previa de la AAFAF.
(b) La AAFAF establecerá, de conformidad con las disposiciones de este Código, mediante reglamento, todos los procedimientos, reglas, normas, y medidas necesarias para su implementación y operación. Este reglamento deberá proveer, en la medida posible, un procedimiento uniforme, ágil y rápido para la autorización, trámite, desembolso y fiscalización de las obligaciones municipales autorizadas por este Código. Hasta tanto este reglamento haya sido promulgado, la AAFAF tomará las medidas provisionales que estime necesarias para la implementación y operación de este Código.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 21 - Municipios

Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico

Parte VII - Hacienda Municipal

Capítulo 362 - Financiamiento Municipal

§ 8242. Contratación de préstamos

§ 8243. Propósitos de las obligaciones evidenciadas por bonos, pagarés u otros instrumentos

§ 8244. Obligaciones evidenciadas por pagarés en anticipación de bonos

§ 8245. Obligaciones evidenciadas por pagarés

§ 8246. Ordenanza autorizando la emisión de obligaciones evidenciadas por bonos

§ 8247. Obligaciones especiales evidenciadas por otros instrumentos de crédito

§ 8248. Disposiciones de las ordenanzas o resoluciones

§ 8249. Aprobación de la autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal

§ 8250. Aprobación de ordenanzas y resoluciones

§ 8251. Aviso de Aprobación de Ordenanza o Resolución

§ 8252. Validez de la ordenanza o resolución

§ 8253. Términos de los bonos, pagarés y cualesquiera otros instrumentos

§ 8254. Firma de los bonos, pagarés o cualesquiera otros instrumentos

§ 8255. Reemplazo de bonos y pagarés mutilados, destruidos y/o perdidos

§ 8256. Negociabilidad de los bonos, pagarés o cualesquiera otros instrumentos

§ 8257. Limitaciones sobre la cantidad de deuda a ser incurrida: bonos, pagarés u otros instrumentos

§ 8258. Disposición para el pago de obligaciones generales municipales: primer gravamen.

§ 8259. Proyectos generadores de rentas autoliquidables

§ 8260. Disposición de los ingresos de proyectos generadores de rentas

§ 8261. Validez de la pignoración de ingresos de proyectos generadores de rentas

§ 8262. Obligaciones generales de los municipios

§ 8263. Venta y negociación de bonos, pagarés o cualesquiera otros instrumentos

§ 8264. Utilización del producto de los bonos, pagarés u otros instrumentos

§ 8265. Recibos interinos

§ 8266. Exención de contribuciones

§ 8267. Préstamos de fondos especiales

§ 8268. Obligaciones garantizadas con el impuesto municipal de ventas y uso al detal

§ 8269. Financiamiento para emergencias

§ 8270. Agente fiscal

§ 8271. Convenio del Gobierno de Puerto Rico