(a) Las sociedades del país que limiten su matrícula a empleados de un pueblo o ciudad en particular, o de una empresa designada, casa de negocios o corporación que provea para un beneficio por muerte no mayor de cuatrocientos dólares ($400) o beneficios de incapacidad no mayores de trescientos cincuenta dólares ($350) a cualquier persona en cualquier período de un (1) año, o ambas cosas, o
(b) sociedades o asociaciones del país de naturaleza puramente religiosa, de caridad, o beneficencia que provean para un beneficio por muerte no mayor de cuatrocientos dólares ($400) o beneficios de incapacidad no mayores de trescientos cincuenta dólares ($350) a cualquier persona en cualquier período de un (1) año, o ambas cosas. Cualquiera de las sociedades o asociaciones que se describen en este inciso o el inciso (a) de esta sección, que provea para beneficios por muerte o incapacidad para los cuales se emitan certificados de beneficio y cualquiera de las sociedades o asociaciones que se incluyen en este inciso que tenga más de 1,000 miembros no estará exenta de las disposiciones de este capítulo y deberán cumplir con todos los requisitos aquí establecidos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 36 - Sociedades Fraternales Benéficas
§ 3601. Definiciones—Sociedades fraternales benéficas
§ 3602. Definiciones—Sistema de logias
§ 3603. Definiciones—Forma representativa de gobierno
§ 3605. Poderes corporativos retenidos
§ 3606. Asociaciones voluntarias existentes pueden incorporarse
§ 3607. Oficina principal—Sitio de reunión
§ 3608. Consolidaciones y fusiones
§ 3609. Conversión de una sociedad fraternal benéfica a una compañía mutua de seguros de vida
§ 3613. Responsabilidad personal
§ 3618. Beneficios no embargables
§ 3620. Disposiciones del certificado de beneficio de vida uniformes y prohibidas
§ 3621. Certificados de seguro de accidente y salud, de incapacidad total y permanente
§ 3625. Sociedades extranjeras—Admisión
§ 3626. Liquidación—Administración de una sociedad del país
§ 3627. Suspensión, revocación o denegación de licencia a una sociedad extranjera
§ 3633. Informes y valoraciones
§ 3634. Examen de sociedades del país
§ 3636. Publicaciones adversas