(a) Una copia debidamente certificada de sus artículos de incorporación o carta constitutiva;
(b) una copia de su constitución y leyes certificadas por el Secretario u oficial correspondiente;
(c) el certificado y otros documentos según se requiere por las cláusulas (i) y (j) de la sec. 317(1) de este título;
(d) un estado de situación juramentado por su presidente y secretario u oficiales correspondientes en un formulario prescrito por el Comisionado de Seguros debidamente verificado por un examen hecho por el oficial supervisor de seguros de su estado de origen o de otro estado, territorio, provincia o país, que sea satisfactorio al Comisionado de Seguros de Puerto Rico;
(e) una certificación del oficial correspondiente de su estado de origen, territorio, provincia o país en el sentido de que la sociedad está legalmente incorporada y autorizada para hacer negocios allí;
(f) copias de sus formularios de certificados, y
(g) cualquier otra información que el comisionado considere necesaria; y luego de demostrar que su activo está invertido de acuerdo con las disposiciones de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 36 - Sociedades Fraternales Benéficas
§ 3601. Definiciones—Sociedades fraternales benéficas
§ 3602. Definiciones—Sistema de logias
§ 3603. Definiciones—Forma representativa de gobierno
§ 3605. Poderes corporativos retenidos
§ 3606. Asociaciones voluntarias existentes pueden incorporarse
§ 3607. Oficina principal—Sitio de reunión
§ 3608. Consolidaciones y fusiones
§ 3609. Conversión de una sociedad fraternal benéfica a una compañía mutua de seguros de vida
§ 3613. Responsabilidad personal
§ 3618. Beneficios no embargables
§ 3620. Disposiciones del certificado de beneficio de vida uniformes y prohibidas
§ 3621. Certificados de seguro de accidente y salud, de incapacidad total y permanente
§ 3625. Sociedades extranjeras—Admisión
§ 3626. Liquidación—Administración de una sociedad del país
§ 3627. Suspensión, revocación o denegación de licencia a una sociedad extranjera
§ 3633. Informes y valoraciones
§ 3634. Examen de sociedades del país
§ 3636. Publicaciones adversas