2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 36 - Sociedades Fraternales Benéficas
§ 3637. Representaciones falsas

(a) Una representación falsa o una declaración falsa o engañosa en relación con los términos, beneficios o ventajas de un contrato de seguro fraternal actualmente en vigor o que se emita en Puerto Rico o sobre la situación financiera de cualquier sociedad;
(b) cualquier estimado falso o declaración engañosa en relación con los dividendos o participación en el sobrante pagado o a ser pagado por cualquier sociedad sobre cualquier contrato de seguro; o
(c) cualquier comparación incompleta de un contrato de seguro de una sociedad con un contrato de seguro de cualquier otra sociedad o asegurador con el propósito de inducir a que se descontinúe o se liquide cualquier contrato de seguro. Una comparación de contratos de seguros será incompleta si la misma no compara en detalle:
(1) Las tarifas brutas y las tarifas brutas menos cualquier dividendo o cualquier otro descuento permitido a la fecha de la comparación; y
(2) cualquier aumento en el valor en efectivo y todos los beneficios que provee cada contrato durante la posible duración del mismo según se determine por la esperanza de vida del asegurado; o si deja de considerar;
(3) cualquier beneficio o valor provisto en el contrato;
(4) cualesquiera diferencias en cuanto a la cantidad o el término de pago de las tarifas; o
(5) cualesquiera diferencias en limitaciones o condiciones o disposiciones que directa o indirectamente afecten los beneficios. En cualquier determinación en cuanto a si una comparación o declaración es incompleta o engañosa se presumirá que el asegurado no tenía conocimiento de nada de lo contenido en el contrato envuelto.

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2020 Laws of Puerto Rico

Título 26 - Seguros

Subtítulo 1 - Seguros en General

Capítulo 36 - Sociedades Fraternales Benéficas

§ 3601. Definiciones—Sociedades fraternales benéficas

§ 3602. Definiciones—Sistema de logias

§ 3603. Definiciones—Forma representativa de gobierno

§ 3604. Organización

§ 3605. Poderes corporativos retenidos

§ 3606. Asociaciones voluntarias existentes pueden incorporarse

§ 3607. Oficina principal—Sitio de reunión

§ 3608. Consolidaciones y fusiones

§ 3609. Conversión de una sociedad fraternal benéfica a una compañía mutua de seguros de vida

§ 3613. Responsabilidad personal

§ 3614. Beneficios

§ 3616. Beneficios de no caducidad, valores de rescate en efectivo, préstamos sobre certificados y otras opciones

§ 3618. Beneficios no embargables

§ 3620. Disposiciones del certificado de beneficio de vida uniformes y prohibidas

§ 3621. Certificados de seguro de accidente y salud, de incapacidad total y permanente

§ 3622. Renuncia

§ 3623. Reaseguro

§ 3624. Licencia anual

§ 3625. Sociedades extranjeras—Admisión

§ 3626. Liquidación—Administración de una sociedad del país

§ 3627. Suspensión, revocación o denegación de licencia a una sociedad extranjera

§ 3628. Licencia de productor

§ 3630. Revisión

§ 3632. Inversiones

§ 3633. Informes y valoraciones

§ 3634. Examen de sociedades del país

§ 3636. Publicaciones adversas

§ 3637. Representaciones falsas

§ 3639. Contribuciones

§ 3640. Exenciones

§ 3641. Exención de ciertas sociedades