2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 19 - Reglamentación de Almacenes
§ 361. Entrega de productos previa solicitud

(a) De una oferta de satisfacer cualquier reclamación del almacenista;
(b) de una oferta de entregar el recibo si fuera negociable, con todos los endosos necesarios para negociarlo, y
(c) de la disposición de firmar, al ser entregados los productos, un libramiento declarando que han sido entregados, siempre que el almacenista exija esa firma.