2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 19 - Organizaciones de Servicios de Salud
§ 1928. Organizaciones de servicios de salud

Todo certificado de autoridad expedido a una organización de servicios de salud continuará en vigor hasta que expire, pero sujeta a que antes de la medianoche de la fecha de expiración, se pague al Comisionado la aportación anual establecida en la sec. 701 de este título.