La Autoridad, un municipio o un consorcio podrá solicitar cualquier remedio que proceda en derecho incluyendo, sin que esta enumeración constituya una limitación, una solicitud para hacer cumplir una orden o determinación o una orden de cesar y desistir, un entredicho o un injunction preliminar o permanente, y cualesquiera otros que en derecho procedan.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 5 - Calidad Ambiental
Capítulo 127A - Reducción y Reciclaje de Desperdicios Sólidos
§ 1320c. Consorcios municipales
§ 1320d. Desperdicios—Separación
§ 1320e. Desperdicios—Materiales reciclables
§ 1320g-1. Asistencia económica
§ 1320j. Procedimientos administrativos
§ 1320j-1. Preferencia en las compras
§ 1320n. Aplicabilidad—Agencias estatales y corporaciones públicas
§ 1320n-1. Programa de reciclaje de bolsas plásticas
§ 1320o. Transportación de desperdicios
§ 1320p. Programa de Incentivos Económicos—Creación