2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 127A - Reducción y Reciclaje de Desperdicios Sólidos
§ 1320f. Servicios privados

(a) Los municipios, consorcios de municipios y las agencias estatales deberán utilizar los medios que sean más costo-efectivos para proveer los servicios y llevar a cabo las actividades de reducción, reutilización, recuperación y reciclaje según definidas en este capítulo.
(b) Aunque se contraten servicios privados para llevar a cabo lo dispuesto en este capítulo, la Autoridad deberá velar por que exista el flujo de material reciclable suficiente para el funcionamiento óptimo de las instalaciones de reciclaje establecidas.