(a) Los procedimientos administrativos necesarios para implantar este capítulo se regirán por lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, secs. 2101 et seq. del Título 3.
(b) Los municipios o consorcios de municipios cuyo plan no haya sido aprobado por la Autoridad podrán apelar la decisión durante los veinte (20) días posteriores al recibo de la notificación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 5 - Calidad Ambiental
Capítulo 127A - Reducción y Reciclaje de Desperdicios Sólidos
§ 1320c. Consorcios municipales
§ 1320d. Desperdicios—Separación
§ 1320e. Desperdicios—Materiales reciclables
§ 1320g-1. Asistencia económica
§ 1320j. Procedimientos administrativos
§ 1320j-1. Preferencia en las compras
§ 1320n. Aplicabilidad—Agencias estatales y corporaciones públicas
§ 1320n-1. Programa de reciclaje de bolsas plásticas
§ 1320o. Transportación de desperdicios
§ 1320p. Programa de Incentivos Económicos—Creación