2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 127A - Reducción y Reciclaje de Desperdicios Sólidos
§ 1320h. Permisos

(a) Ninguna instalación para la recuperación y el reciclaje de desperdicios podrá ser construida, operada, modificada, ampliada o cerrada sin el permiso correspondiente otorgado por la Junta de Calidad Ambiental.
(b) La Junta de Calidad Ambiental desarrollará la reglamentación que rija la construcción, operación, modificación, ampliación o cierre de las instalaciones de recuperación y reciclaje de desperdicios sólidos.