(1) Salud pública oral.— A los efectos de esta sección, la especialidad de salud pública oral es la ciencia y el arte de prevenir y controlar las enfermedades dentales y promover la salud dental a través de los esfuerzos organizados de la comunidad, entendiéndose ésta como una relación con la población de una región en particular, que sirve a la comunidad como paciente y no al individuo, cuyo objetivo es la educación de salud dental del público, la investigación en el campo de la odontología y la aplicación de los hallazgos y logros de tales investigaciones, así como la administración de programas grupales de cuido dental, la prevención y el control de enfermedades dentales comunitarias.
(2) Patología Oral y Maxilofacial.— La especialidad de “patología oral y maxilofacial” es la especialidad de la odontología y la disciplina que trata la naturaleza, la identificación y el manejo de enfermedades que afectan la región maxilofacial. Es la ciencia que investiga las causas, los procesos y efectos de estas enfermedades. La práctica de la patología oral y maxilofacial incluye la investigación y el diagnóstico de enfermedades y condiciones de la región oral y maxilofacial.
(3) Cirugía Oral y Maxilofacial.— La especialidad de Cirugía Oral y Maxilofacial es la especialidad de la odontología que incluye el diagnóstico, la cirugía y tratamientos adyuvantes de las enfermedades, lesiones y defectos congénitos, de desarrollo o adquiridos que envuelven tanto los aspectos funcionales como estéticos de los tejidos duro y blandos de la región maxilofacial.
(4) Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial.— Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial es la especialidad de la odontología que incluye el diagnóstico, prevención, intercepción y corrección tanto de la mal-oclusión como de las anormalidades neuromusculares y esqueléticas de las estructuras orofaciales maduras o en desarrollo.
(5) Odontopediatría.— La Odontopediatría es una especialidad de la odontología enmarcada y definida por la edad que provee cuidado preventivo y terapéutico tanto primario como integral y completo de la salud oral de los infantes y niños a través de la adolescencia, incluyendo el cuidado de pacientes con necesidades especiales.
(6) Periodoncia.— Periodoncia es la especialidad de la odontología que comprende la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades de los tejidos que rodean y dan apoyo a los dientes o sus substitutos; y le da mantenimiento a la salud y a la estética de los tejidos en estas estructuras.
(7) Prostodoncia.— Prostodoncia es la especialidad de la odontología que comprende el diagnóstico, el plan de tratamiento, rehabilitación y mantenimiento de la función oral, comodidad, apariencia y salud de los pacientes con condiciones asociadas a la ausencia o deficiencia de dientes y/o tejidos maxilofaciales mediante el uso de sustitutos biocompatibles.
(8) Endodoncia.— La especialidad de Endodoncia es la rama de la odontología que le atañe la morfología, fisiología y patología del tejido pulpal y peri-radicular del ser humano. Su estudio y práctica abarca las ciencias básicas y clínicas incluyendo la biología de la pulpa dental normal, la etiología, el diagnóstico, la prevención y el tratamiento de las enfermedades y lesiones de la pulpa dental y las condiciones peri-radiculares asociadas.
(9) Radiología Oral y Maxilofacial.— La Radiología Oral y Maxolofacial es la especialidad de la odontología y disciplina de la radiología que comprende la producción e interpretación de imágenes y datos producidos y obtenidos usando las distintas modalidades de energía de radiación que son usadas para el diagnóstico y manejo de enfermedades, desórdenes y condiciones de la región oral maxilofacial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
Capítulo 5 - Junta Dental Examinadora y Colegio de Cirujanos Dentistas
Subcapítulo I - Junta Dental Examinadora
§ 84. Reglamentación y convenios de reciprocidad
§ 87. Cancelación o suspensión de licencias
§ 87c-1. Sanciones disciplinarias adicionales
§ 89a. Licencias provisionales
§ 89b. Formulario de solicitud; derechos
§ 91. Operaciones que no requieren licencia
§ 94b. Higiene dental—Requisitos para licencia
§ 94c. Higiene dental—Exámenes
§ 94f. Higiene dental—Cancelación o suspensión de licencias
§ 94g. Higiene dental—Registro
§ 94h. Higiene dental—Anuncios
§ 94i. Higiene dental—Reciprocidad
§ 94k. Asistentes dentales—Requisitos para licencia
§ 94l. Asistentes dentales—Exámenes
§ 94m. Asistentes dentales—Licencia de asistencia dental; inscripción
§ 94o. Asistentes dentales—Cancelación o suspensión de licencias
§ 94q. Asistentes dentales—Anuncios