2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Junta Dental Examinadora
§ 83. Récords

El Secretario de la Junta levantará actas de las reuniones de la Junta en un libro apropiado, y el acta será firmada por los miembros concurrentes a la reunión. Llevará un libro de facsímiles de las licencias expedidas y estos facsímiles serán firmados, al igual que las licencias, por todos los miembros de la Junta. Llevará una relación de todos los dentistas, asistentes dentales o higienistas dentales que estuvieren ejerciendo la profesión en Puerto Rico, dará todos los certificados que se le pidieren los cuales serán refrendados por el Presidente, cuidará del archivo de la Junta y dará cuantos informes le fueren solicitados.