(a) La información contenida en cualquier solicitud de inscripción, petición, informe u otro documento que se radique en la Secretaría de conformidad con las disposiciones de este capítulo o de alguna regla o reglamento dictados de acuerdo con el mismo (a diferencia de cualquier otra información o documento transmitidos al Secretario) se pondrá a disposición del público, a menos que y hasta donde el Secretario, mediante reglas y reglamentos dictados de oficio o a requerimiento de parte, determinare que su revelación al público no es ni necesaria ni conveniente para el interés público o para la protección de los inversionistas. Será ilegal que cualquier miembro, funcionario o empleado de la oficina del Secretario use en beneficio personal o revele a alguna otra persona que no sea un funcionario o empleado de los Estados Unidos o del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para uso oficial, o que alguno de dichos funcionarios o empleados use para beneficio personal cualquier información contenida en algún documento así radicado o enviado, si dicha información no se encuentra a disposición del público.
(b) Copias fotostáticas u otras copias de la información contenida en documentos radicados en la Secretaría de acuerdo con este capítulo y puestas a disposición del público, se suministrarán a cualquier persona al precio razonable y con las razonables limitaciones que el Secretario prescribirá.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 33 - Compañías de Inversiones
§ 661. Términos generales; definiciones
§ 662. Compañías de inversiones, sus clases y tenedores de sus valores; definiciones
§ 664. Transacciones por compañías no inscritas de inversiones
§ 666. Requisitos para compañías inscritas de inversiones
§ 667. Inelegibilidad de ciertas personas afiliadas y garantizadores
§ 669. Tamaño de las compañías de inversiones
§ 671. Informes periódicos y otros informes; informes de personas afiliadas
§ 672. Cuentas, libros y registros
§ 673. Destrucción y falsificación de informes y registros
§ 674. Representación y nombres ilegales
§ 676. Reglas, reglamentos y órdenes; facultades generales del Secretario
§ 677. Ordenes; procedimiento para su expedición
§ 678. Revisión judicial de órdenes
§ 679. Información radicada en la Secretaría
§ 680. Responsabilidad de las personas en control que impidan el cumplimiento de este capítulo