(1) Ofrecer en venta, vender, o entregar después de su venta, en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ningún valor mobiliario o interés sobre un valor cuya emisora sea dicha compañía de inversiones; u ofrecer en venta, vender o entregar después de su venta ningún valor o interés, cuando exista razón para creer que tal valor o interés se ofrecerá en venta, se venderá o se entregará en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico;
(2) controlar ninguna compañía de inversiones que ejecute alguno de los actos enumerados en el inciso (1);
(3) dedicarse a ningún negocio en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, o
(4) controlar ninguna compañía que se dedique a algún negocio en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 33 - Compañías de Inversiones
§ 661. Términos generales; definiciones
§ 662. Compañías de inversiones, sus clases y tenedores de sus valores; definiciones
§ 664. Transacciones por compañías no inscritas de inversiones
§ 666. Requisitos para compañías inscritas de inversiones
§ 667. Inelegibilidad de ciertas personas afiliadas y garantizadores
§ 669. Tamaño de las compañías de inversiones
§ 671. Informes periódicos y otros informes; informes de personas afiliadas
§ 672. Cuentas, libros y registros
§ 673. Destrucción y falsificación de informes y registros
§ 674. Representación y nombres ilegales
§ 676. Reglas, reglamentos y órdenes; facultades generales del Secretario
§ 677. Ordenes; procedimiento para su expedición
§ 678. Revisión judicial de órdenes
§ 679. Información radicada en la Secretaría
§ 680. Responsabilidad de las personas en control que impidan el cumplimiento de este capítulo