El presente capítulo se conocerá como la “Ley de Aseguradores y Reaseguradores de Seguros Internacionales de Puerto Rico” y su propósito es establecer la base legal para desarrollar a Puerto Rico como un Centro Internacional de Seguros, a través del cual aseguradores y reaseguradores exporten e importen seguros y servicios relacionados a la industria de seguros. Estas entidades proveerán seguros y servicios de consultoría exclusivamente en mercados internacionales y a entidades cautivas, mientras las entidades dedicadas al negocio de reaseguro proveerán seguros y servicios dentro y fuera de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 43 - Aseguradores y Reaseguradores Internacionales
§ 4303. Aplicabilidad de otras leyes
§ 4304. Compañía tenedora del asegurador internacional
§ 4305. Requisitos de autorización de aseguradores internacionales
§ 4306. Fundamentos para la no renovación, revocación o suspensión del certificado de autoridad
§ 4308. Capital mínimo y excedente; depósitos
§ 4309. Indice de primas; índice de liquidez
§ 4316. Plan de activos segregados
§ 4317. Representante principal
§ 4318. Requisitos para las operaciones de las sucursales
§ 4319. Organización y poderes corporativos de aseguradores internacionales
§ 4321. Transacciones con oficiales y directores, prohibidas
§ 4323. Derechos y aportaciones
§ 4324a. Beneficios exentos de confiscación
§ 4324b. Fondo Especial para el Desarrollo de Servicios de Exportación