Sign in
Login with Google
or
Register | Forgot your password?
Already have an account?
By creating an account, you accept the terms of the User Agreement and the terms of the Privacy Policy.
Remembered the password?
INSTALAWYER.IOAsk a Question

    Ask a question on the site

    Questions

    Lawyers

    Blogs

    Legislation

    Contacts

    Become a lawyer

    Login Registration

    • Ask a Question
    • Questions
    • Lawyers
    • Blogs
    • Legislation
    • Become a lawyer
    • Login
    • Legislation USA
    • 2020 Laws of Puerto Rico
    • Título 24 - Salud y Sanidad
    • Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
    • Capítulo 150 - Donaciones y Transplantes
    • § 3620n. Notificación al Registrador Demográfico

    2020 Laws of Puerto Rico
    Capítulo 150 - Donaciones y Transplantes
    § 3620n. Notificación al Registrador Demográfico

    La Junta estará obligada a notificar al Registrador Demográfico del lugar donde ocurra el levantamiento de los cadáveres, así como del traslado de los mismos al Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico.

    << Previous
    Next >>

    Structure 2020 Laws of Puerto Rico

    2020 Laws of Puerto Rico

    Título 24 - Salud y Sanidad

    Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud

    Capítulo 150 - Donaciones y Transplantes

    § 3620. Definiciones

    § 3620a. Junta—Creación

    § 3620c. Junta—Transferencia; funciones; reglamentos; registros

    § 3620d. Donantes

    § 3620e. Donatarios

    § 3620f. Procedimiento; exención de responsabilidad

    § 3620g. Compensación

    § 3620j. Autopsia

    § 3620k. Aceptación

    § 3620l. No reclamados

    § 3620m. Traslado al Recinto de Ciencias Médicas; conservación

    § 3620n. Notificación al Registrador Demográfico

    § 3620o. Reclamación; notificación

    § 3620p. No utilizados

    § 3620q. Uso

    § 3620r. Autopsia o remoción de órganos donados—Término

    § 3620s. Supervisión médica de coordinadores en la recuperación de tejidos y órganos cadavéricos

    § 3620t. Recuperación de órganos cadavéricos para transplante por médicos licenciados en Estados Unidos

    § 3620v. Copia del protocolo

    § 3620w-1. Registro de donantes

    § 3620x. Penalidades

    InstaLawyer.io

    About us

    Contacts

    Copyright

    Customer Protection Policy

    Client

    Ask a Question

    Request a call

    Our lawyers

    Questions

    FAQ

    Lawyer

    Become a project lawyer

    FAQ for lawyers

    License agreement

    Contact us

    [email protected]

    Facebook


    © InstaLawyer 2018-2025 All rights reserved