Ningún agente, solicitador, corredor, ajustador, consultor o asegurador relacionado con aseguradores no organizados bajo las disposiciones de este capítulo podrá pertenecer como socio ni adquirir certificados de aportación de fondos ni organizar un asegurador cooperativo según se define en este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 34 - Aseguradores Cooperativos
§ 3401a. Definiciones generales
§ 3402. Asegurador cooperativo—Requisitos generales
§ 3403. Asegurador cooperativo—Poderes
§ 3404. Asegurador cooperativo—Incorporación
§ 3405. Artículos de incorporación, contenido
§ 3406. Enmiendas de los artículos de incorporación
§ 3409. Primera asamblea de socios
§ 3411. Requisitos e impedimentos para ser director
§ 3412. Elección de directores
§ 3413. Funcionarios de la Junta y de la Administración
§ 3416. Uso del término “cooperativa”
§ 3417. Aseguradores cooperativos no son para restringir los negocios
§ 3418. Exención de contribuciones
§ 3419a. Adquisición de acciones
§ 3419c. Imposición de cuotas a socios para cubrir menoscabo de activo
§ 3420. Personas relacionadas con otros aseguradores
§ 3421. Quiénes no podrán ser socios