2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 34 - Aseguradores Cooperativos
§ 3417. Aseguradores cooperativos no son para restringir los negocios

Ningún asegurador cooperativo organizado bajo este Código por el solo hecho de ser y de actuar conforme a su naturaleza cooperativa, será considerado como una conspiración o combinación para restringir los negocios ni como monopolio ilegal; ni se considerará que ha sido organizado con el propósito de disminuir la competencia o de fijar primas arbitrariamente; ni se interpretarán los contratos celebrados entre ellos y sus socios y tenedores de pólizas ni los demás contratos autorizados o que se celebren en virtud de las disposiciones de este Código, como una restricción ilegal de los negocios y como parte de una conspiración o combinación para realizar un propósito y acto impropio o ilegal.