(a) Efecto de la aceptación.— La aceptación por un acreedor garantizado de la propiedad gravada en cumplimiento total o parcial de la obligación que garantiza:
(1) Libera al deudor de la obligación en la medida que éste así lo consienta;
(2) transfiere al acreedor garantizado todos los derechos del deudor sobre la propiedad gravada;
(3) libera la propiedad gravada de la garantía mobiliaria o gravamen agrícola a lo cual el deudor ha consentido y a cualquier garantía mobiliaria u otro gravamen subordinado, y
(4) termina cualquier otro interés subordinado.
(b) Liberación de un interés subordinado a pesar de un incumplimiento.— Un interés subordinado se liberará o terminará bajo el inciso (a) de esta sección, aun cuando el acreedor garantizado incumpla con lo provisto en este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 19 - Instrumentos Negociables
Subtítulo 2 - Transacciones Comerciales
Capítulo 55A - Transacciones Garantizadas
Subcapítulo VI - Incumplimiento
§ 2362. Renuncia y modificacion de derechos y obligaciones
§ 2363. Acuerdo sobre normas relacionadas a derechos y obligaciones
§ 2365. Deudor u obligado secundario desconocido
§ 2366. Fecha de incumplimiento para un gravamen agrícola
§ 2367. Cobro y ejecución por el acreedor garantizado
§ 2369. Derecho al acreedor garantizado a tomar posesion luego de incumplimiento
§ 2370. Disposición de la propiedad gravada luego de incumplimiento
§ 2371. Notificación antes de la disposición de la propiedad gravada
§ 2372. Puntualidad de la notificación antes de la disposición de la propiedad gravada
§ 2373. Contenido y forma de notificación antes de la disposición de la propiedad gravada: general
§ 2376. Explicación del cálculo del excedente o deficiencia
§ 2377. Derechos de un cesionario de una propiedad gravada
§ 2378. Derechos y responsabilidades de ciertos obligados secundarios
§ 2379. Transferencia de récord o título legal
§ 2381. Notificación de propuesta para aceptar la propiedad gravada
§ 2382. Efecto de aceptación de la propiedad gravada
§ 2383. Derecho a redimir la propiedad gravada
§ 2385. Recursos disponibles al incumplir el acreedor garantizado con los dispuesto en este capítulo
§ 2386. Acción en la cual la deficiencia o el excedente se cuestiona
§ 2387. Determinación si una conducta fue comercialmente razonable