2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VI - Incumplimiento
§ 2374. Contenido y forma de la notificación antes de la disposición de la propiedad gravada: transacciones de bienes de consumo

(1) Una notificación de disposición proveerá la siguiente información:
(A) La información especificada en la sec. 2373(1) de este título;
(B) una descripción de cualquier responsabilidad por una deficiencia de la persona a la cual se le envía la notificación;
(C) un número de teléfono donde la cantidad que debe ser pagada al acreedor garantizado para redimir la propiedad gravada bajo la sec. 2383 de este título esté disponible, y
(D) un número de teléfono o dirección postal donde la información adicional relacionada a la disposición y a la obligación garantizada esté disponible.
(2) Un lenguaje particular para la notificación no será requerido.
(3) La siguiente forma de notificación, cuando esté completada, provee información suficiente:
(4) Una notificación en la forma [del] inciso (3) de esta sección es suficiente aunque contenga más información al final de la forma.
(5) Una notificación en la forma del inciso (3) de esta sección es suficiente, aún cuando contenga errores en la información que no es requerida por el inciso (1) de esta sección, a menos que los errores sean engañosos con relación a los derechos que surgen de este capítulo.
(6) Si una notificación bajo esta sección no está en la forma del inciso (3) de esta sección, la ley que no sea este capítulo determinará el efecto de incluir información no requerida por el inciso (1) de esta sección.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 19 - Instrumentos Negociables

Subtítulo 2 - Transacciones Comerciales

Capítulo 55A - Transacciones Garantizadas

Subcapítulo VI - Incumplimiento

§ 2361. Derechos luego de incumplimiento; procedimientos judiciales de ejecución; consignador o comprador de cuentas, papel financiero, pagos de bienes intangibles, o pagarés

§ 2362. Renuncia y modificacion de derechos y obligaciones

§ 2363. Acuerdo sobre normas relacionadas a derechos y obligaciones

§ 2364. Procedimiento si el acuerdo de la garantía mobiliaria cubre propiedad inmueble o propiedad inmueble por su destino

§ 2365. Deudor u obligado secundario desconocido

§ 2366. Fecha de incumplimiento para un gravamen agrícola

§ 2367. Cobro y ejecución por el acreedor garantizado

§ 2368. Aplicación de los productos de cobro o ejecución; responsabilidad por deficiencia y derecho al excedente

§ 2369. Derecho al acreedor garantizado a tomar posesion luego de incumplimiento

§ 2370. Disposición de la propiedad gravada luego de incumplimiento

§ 2371. Notificación antes de la disposición de la propiedad gravada

§ 2372. Puntualidad de la notificación antes de la disposición de la propiedad gravada

§ 2373. Contenido y forma de notificación antes de la disposición de la propiedad gravada: general

§ 2374. Contenido y forma de la notificación antes de la disposición de la propiedad gravada: transacciones de bienes de consumo

§ 2375. Aplicación de los productos de disposición; responsabilidad por deficiencia y derecho al excedente

§ 2376. Explicación del cálculo del excedente o deficiencia

§ 2377. Derechos de un cesionario de una propiedad gravada

§ 2378. Derechos y responsabilidades de ciertos obligados secundarios

§ 2379. Transferencia de récord o título legal

§ 2380. El aceptar la propiedad gravada en cumplimiento total o parcial de una obligación; disposición compulsoria de la propiedad gravada

§ 2381. Notificación de propuesta para aceptar la propiedad gravada

§ 2382. Efecto de aceptación de la propiedad gravada

§ 2383. Derecho a redimir la propiedad gravada

§ 2384. Renuncia

§ 2385. Recursos disponibles al incumplir el acreedor garantizado con los dispuesto en este capítulo

§ 2386. Acción en la cual la deficiencia o el excedente se cuestiona

§ 2387. Determinación si una conducta fue comercialmente razonable

§ 2388. La limitación a la responsabilidad y la falta de responsabilidad del acreedor garantizado; responsabilidad del acreedor garantizado; responsabilidad del obligado secundario