El montante de la ayuda que recibirá cualquier beneficiario se determinará de acuerdo con los reglamentos de la División, tomando en consideración su solicitud, sus necesidades y los ingresos y recursos con que cuenta, excepto cuando se trate de un beneficiario de asistencia a ciegos en que no se contarán como recursos los primeros ochenta y cinco dólares ($85) mensuales obtenidos por su propio trabajo o como ganancia de negocios administrados por él; Disponiéndose, que la División podrá variar esta cantidad en el futuro para ajustarla a otras enmiendas de la ley federal, o aplicarla a otras categorías de ayuda si el Congreso lo dispusiere como requisito en dichas categorías; Disponiéndose, además, que los ingresos en adición a los ochenta y cinco dólares ($85) mensuales de que pueda disponer el beneficiario de asistencia a ciegos, serán estimados en la mitad, para fines de decidir su elegibilidad y la cantidad de asistencia a recibir.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 1 - División de Bienestar Público
§ 5. Junta de Bienestar Público—Deberes
§ 6. División de Bienestar Público—Creación
§ 7. División de Bienestar Público—Director
§ 9. División de Bienestar Público—Organización
§ 10. División de Bienestar Público—Funciones
§ 12. Eligibilidad—Asistencia general
§ 12a. Eligibilidad—Pagos a través de tutores
§ 13. Eligibilidad—Personas mayores de sesenta y cinco (65) años
§ 14. Eligibilidad—Niños necesitados
§ 14a. Elegibilidad—Certificación como requisito previo
§ 15a. Eligibilidad—Incapacitados total y permanentemente
§ 17. Solicitud para asistencia pública
§ 18. Solicitud para asistencia pública—Investigación
§ 19. Concesión de asistencia pública
§ 20. Concesión de asistencia pública—Reconsideración
§ 21. Actos fraudulentos, penalidades
§ 22. Reconsideración de decisiones, audiencias
§ 23. Concesión no será transferible
§ 24. Naturaleza confidencial de expedientes
§ 25. Limitaciones por otras leyes
§ 27. Médicos para beneficencia municipal, contratos por servicios