(a) Toda persona que violare o se negare a cumplir o descuidare el cumplimiento de cualquier disposición de las secs. 1092 a 1118 de este título, o de cualquier reglamento, orden o resolución del Administrador emitida al amparo de las mismas excepto las violaciones contenidas en la sec. 1097 de este título, incurrirá en un delito menos grave (misdemeanor) y será castigada, convicta que fuere, con multa no menor de cien dólares ($100) y no mayor de quinientos dólares ($500) o reclusión por un término no mayor de seis (6) meses, o ambas penas a discreción del tribunal.
(b) Toda persona que violare o se negare a cumplir o descuidare el cumplimiento de cualquier disposición de las secs. 1092 a 1118 de este título, o de cualquier reglamento, orden o resolución del Administrador emitida al amparo de las secs. 1092 a 1118 de este título, excepto las violaciones contenidas en la sec. 1097 del mismo, quedará sujeta a la imposición de una multa administrativa no menor de quinientos dólares [($500)] y no mayor de cinco mil dólares ($5,000). Previa la imposición de dicha multa, el Administrador celebrará una vista ante él o un agente suyo con absoluta protección de los derechos constitucionales de la persona afectada por el procedimiento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 41 - Reglamentación de la Industria Lechera
§ 1093. Creación de la Oficina y nombramiento del Administrador
§ 1094. Poderes de investigación
§ 1095. Deberes del Administrador y cooperación del Gobierno
§ 1096. Poderes y deberes del Administrador
§ 1097. Deberes de los patronos
§ 1099. Fondo para el Fomento de la Industria Lechera; Junta Administrativa
§ 1100. Procedimientos internos y reglamentos de las Juntas
§ 1101. Licencias; cualificaciones para tenedores; procedimiento
§ 1102. Fundamentos para denegar, suspender o revocar la licencia
§ 1103. Aprobación y revisión judicial de reglamentos
§ 1104. Ordenes para cesar y desistir y correctivas
§ 1106. Revisión judicial de órdenes o resoluciones finales
§ 1108. Asociaciones cooperativas
§ 1111. Prácticas comerciales desleales; desorganización del mercado
§ 1112. Suspensión de resoluciones u órdenes administrativas
§ 1114. Violaciones y penalidades
§ 1115. Autoridad del Tribunal de Primera Instancia
§ 1118. Leyes sanitarias en vigor
§ 1119. Máquinas expendedoras de leche fresca en edificios públicos y escuelas
§ 1120. Vendedores y ayudantes de vendedores de leche fresca
§ 1123. Facultades del Secretario de Agricultura