Sujeto al derecho aplicable referente a la exclusión de prueba de acuerdos contemporáneos o previos, la obligación contraída por una parte en un instrumento de pagar el instrumento podrá modificarse, suplementarse o anularse por un acuerdo separado entre el deudor y la persona con derecho a exigir el cumplimiento del instrumento, si el instrumento se emite o la obligación se incurre confiando en el acuerdo o como parte de la misma transacción que da motivo al acuerdo. En la medida que una obligación sea modificada, suplementada o anulada por un acuerdo bajo las disposiciones de esta sección, el acuerdo constituye una defensa contra la obligación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 19 - Instrumentos Negociables
Subtítulo 2 - Transacciones Comerciales
Capítulo 43 - Disposiciones Generales
Subcapítulo I - Disposiciones Generales y Definiciones
§ 502. Alcance o materia cubierta
§ 505. Emisión de un instrumento
§ 506. Promesa u orden incondicional
§ 507. Instrumento pagadero en moneda extranjera
§ 508. Pagadero a la presentación o en una fecha específica
§ 509. Pagadero al portador o a la orden
§ 510. Identificación de la persona a quien el instrumento es pagadero
§ 514. Términos contradictorios del instrumento
§ 516. Responsabilidad solidaria; contribución