2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 27 - Detectives Privados
§ 286a. Destino de los fondos

Los fondos provenientes de la venta de los comprobantes electrónicos de rentas internas que fueren cancelados por el Superintendente, de conformidad con las secs. 285k, 285t and 285u de este título, ingresarán al Fondo General del Tesoro Estatal, y al “Fondo para el Mejoramiento Tecnológico, Profesional y Laboral de la Policía de Puerto Rico” (en adelante, Fondo de la Policía), de la siguiente manera: de los comprobantes cancelados para obtener o renovar una licencia de guardia de seguridad bajo las disposiciones del inciso (b) de la sec. 285c de este título, cuatro (4) dólares irán al Fondo General del Tesoro Estatal y dieciséis (16) dólares al Fondo de la Policía; de los comprobantes cancelados para obtener o renovar una licencia de detectives privados bajo las disposiciones del inciso (a) de la sec. 285c de este título, diez (10) dólares irán al Fondo General del Tesoro Estatal y cuarenta (40) dólares al Fondo de la Policía; y de los comprobantes cancelados para obtener una licencia de agencia de detectives privados y agencia de seguridad para la protección de personas o propiedad mueble, los primeros veinticinco (25) dólares irán al Fondo General del Tesoro Estatal y toda cantidad recibida adicional, irá al Fondo de la Policía.