2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 75 - Junta Examinadora de Evaluadores Profesionales de Bienes Raíces
§ 2321. Efecto de suspensión de licencia o certificación

Después de la revocación o suspensión de cualquier licencia o certificación, la Junta no expedirá una nueva licencia o certificación, según fuese el caso, a la misma persona dentro del término de tres (3) años a partir de la fecha de la revocación o suspensión y después de dicho término únicamente cuando la Junta compruebe que el solicitante está debidamente cualificado para ser admitido a la práctica de evaluador profesional de bienes raíces.