(a) Haya cumplido con los requisitos de las certificaciones correspondientes del Título XI del Financial Institutions Reform, Recovery and Enforcement Act of 1989, y de las reglas federales adoptadas a su amparo, según implantadas por la Junta Examinadora de Evaluadores Profesionales de Bienes Raíces. Estos requisitos serán incorporados mediante reglamento aprobado por la Junta.
(b) Posea una licencia de evaluador profesional de bienes raíces expedida por la Junta de acuerdo con la sec. 2308 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
Capítulo 75 - Junta Examinadora de Evaluadores Profesionales de Bienes Raíces
§ 2303. Requisitos de los miembros
§ 2304. Elección del Presidente y cargos a crearse
§ 2305. Compensación, dietas y gastos
§ 2308. Requisitos para obtención de licencia
§ 2309a. Certificación; requisitos
§ 2312. Denegación de licencia o certificación
§ 2313. Suspensión, revocación, denegación de renovación de licencia o certificación—Causas
§ 2315. Vista administrativa—Señalamiento
§ 2316. Vista administrativa—Forma; pleno de la Junta
§ 2317. Vista administrativa—Decisión, plazo para emitirla; reconsideración
§ 2318. Vista administrativa—Revisión ante el Tribunal de Primera Instancia
§ 2320. Prestación de servicios libre de cargos
§ 2321. Efecto de suspensión de licencia o certificación