2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 45 - Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación
§ 695d-2. Distrito—Desarrollo

(a) Contratar los servicios de planificadores, arquitectos, ingenieros y un equipo de construcción, con experiencia en proyectos similares a los que se pretenden desarrollar en el Distrito.
(b) Promover, implantar y coordinar la planificación, diseño y desarrollo del Distrito, los proyectos en parcelas especiales y demás Proyectos de Mejoramiento, incluyendo la creación, imposición, inscripción y administración de condiciones, y restricciones, asegurando el cumplimiento con el Plan Estratégico y criterios de diseño adoptados por el Fideicomiso.
(c) Crear un Comité Ejecutivo de Financiamiento (el Comité) dentro de la Junta de Síndicos compuesto por el Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio o su delegado en la Junta de Síndicos, y dos (2) miembros de la Junta de Síndicos representantes del sector privado quienes deberán tener la debida experiencia y disponibilidad de tiempo para pertenecer al Comité. Este Comité evaluará todas las propuestas de financiamiento para cubrir los costos de desarrollo del Distrito. Además, este Comité tendrá la facultad de solicitar la ayuda de aquellos consultores que entienda son de beneficio para llevar a cabo los propósitos de esta sección. Este Comité presentará sus recomendaciones a la Junta de Síndicos en pleno para aprobación de dichos financiamientos previo a cualquier compromiso con terceros.