2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 45 - Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación
§ 695d-1. Distrito—Establecimiento

Con el propósito de apoyar los fines del Fideicomiso y desarrollar la Ciudad de las Ciencias de Puerto Rico, que será desarrollada, administrada, operada y mantenida conforme a este capítulo y la escritura constituyente, se establece y se crea el Distrito, comprendido dentro del área geográfica que consistirá de toda la propiedad inmueble ahora poseída por el Fideicomiso en el área de aproximadamente 69.9 cuerdas donde enclavaba la antigua Penitenciaría Estatal de Río Piedras y edificaciones aledañas, conocidas como “Oso Blanco”, “las Malvinas” y sus alrededores, cuya área se redenominará como la “Ciudad de las Ciencias de Puerto Rico”. Se podrá incluir además dentro del Distrito, (i) mediante acuerdo entre el Fideicomiso y los respectivos propietarios, cualquier otra propiedad en los predios que comprende el denominado Centro Comprensivo de Cáncer, el predio conocido como las Amapolas, el Centro Médico de Puerto Rico y el Edificio de Ciencias Moleculares y (ii) parcelas que se transfieran al Fideicomiso de conformidad con el inciso (a)(26) de la sec. 695c y la sec 695d-14 de este título. El Distrito estará delineado en un mapa, revisado de tiempo en tiempo según sea necesario, que será conservado en las oficinas corporativas del Fideicomiso. Después de la fecha de vigencia de esta ley, y durante el término de existencia del Fidecomiso, ninguna porción del Distrito se eximirá de las disposiciones de este capítulo.