Si un abono comercial o enmienda de terreno contuviere substancias perjudiciales a la vegetación, aun cuando su pureza fuere garantizada por el fabricante o distribuidor y la composición del abono comercial o enmienda de terreno respectiva correspondiera a la garantía estipulada, el comprador podrá reclamar del fabricante o distribuidor por cualesquiera daños sufridos siempre que la presencia de tales substancias deletéreas resultaren ser las causantes de daños ocasionados a la plantación en la que se usare dicho abono comercial o enmienda de terreno.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
§ 519. Título abreviado; definiciones
§ 520. Procedimiento para fijación de grados y formulaciones
§ 524. Adulteración y deficiencias
§ 525. Inspección, toma de muestras y análisis
§ 526. Reglas para determinar deficiencias
§ 528. Detención y confiscación de abonos comerciales y enmiendas de terreno
§ 529a. Penalidades e intereses por contribuciones retrasadas
§ 531. Daños por substancias perjudiciales