2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 23 - Abonos
§ 523. Rotulación falsa

(a) Queda prohibida la importación o distribución en Puerto Rico de abonos comerciales o enmiendas de terreno rotulados falsamente.
(b) Un abono comercial o enmienda de terreno se considerará falsamente rotulado:
(1) Si el marbete no contiene toda la información requerida por la sec. 522 de este título.
(2) Si la información en el marbete contiene reclamos falsos o injustificados sobre propiedades, constituyentes, o concentración de constituyentes en el abono comercial o enmienda de terreno.