2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1063 - Intereses, Penalidades y Adiciones a la Contribución
§ 33091. Delito por violaciones generales al Código y multas administrativas

(a) Toda persona que no cumpla con cualquier disposición de cualquier parte de este Código o de los reglamentos promulgados en virtud del mismo, o con cualquier otra ley o reglamento de Puerto Rico relacionado con este Código, o toda persona que ayude de cualquier modo a otra a violar las leyes y reglamentos relacionados, y para lo cual no se haya dispuesto específicamente de otra manera en cualquier parte de este Código, incurrirá en un delito menos grave.
(b) Multa administrativa.— Además de la pena impuesta en el inciso (a) de esta sección, el Secretario podrá imponer una multa administrativa que no excederá de quinientos (500) dólares por cada violación. En caso de reincidencia a la misma disposición infringida, la multa administrativa no será menor a cinco mil (5,000) dólares por cada infracción.
(c) En caso que la violación de cualquier disposición de este Código o de leyes o reglamentos relacionados sólo provea penalidades criminales, el Secretario podrá procesar el caso por la vía administrativa e imponer la multa dispuesta en el inciso (b) de esta sección, o por ambas, a su discreción.
(d) Para propósitos de esta sección, se entenderá que una persona ha reincidido en la misma violación a las disposiciones de este Código, cuando se incurre en la misma, o sustancialmente la misma actuación u omisión por la que se multó a la persona bajo el inciso (b) o se procesó judicialmente bajo el inciso (a), todo dentro de un periodo de diez (10) años.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 13 - Contribuciones y Finanzas

Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico

Parte VII - Disposiciones Administrativas, Procedimientos, Intereses, Penalidades y Adiciones a la Contribución

Capítulo 1063 - Intereses, Penalidades y Adiciones a la Contribución

§ 33071. Intereses sobre deficiencias

§ 33072. Adiciones a la contribución en caso de falta de pago

§ 33073. Adiciones a la contribución en caso de deficiencia

§ 33074. Prórroga para pagar la contribución declarada

§ 33075. Prórroga para pagar la deficiencia

§ 33076. Intereses y recargos en caso de tasaciones de contribuciones en peligro

§ 33077. Exoneración de recargos e intereses en el caso de los impuestos fijados por las secs. 31601 et seq. o secs. 32001 et seq. de este título

§ 33078. Exoneración de penalidades o adiciones a la contribución atribuibles a notificación por escrito errónea enviada por el Secretario

§ 33079. Quiebras y sindicaturas

§ 33080. Penalidades

§ 33081. Penalidad por dejar de rendir planillas o declaraciones

§ 33082. Delito por dejar de recaudar y entregar en pago la contribución, o intentar derrotar o evadir la contribución

§ 33083. Por divulgar información

§ 33084. Por remoción de propiedad o partida del contribuyente

§ 33085. Por violaciones con respecto a acuerdos finales

§ 33086. Penalidad por presentar planillas, declaraciones, declaraciones juradas y reclamaciones fraudulentas

§ 33087. Falsa representación

§ 33088. Actos ilegales de funcionarios o empleados

§ 33089. Definición de persona

§ 33090. Procedimientos criminales

§ 33091. Delito por violaciones generales al Código y multas administrativas

§ 33092. Multas administrativas o penalidades en primera infracción

§ 33093. Delito por dejar de recaudar y entregar en pago el impuesto sobre ventas y uso, contribuciones retenidas en el origen, o intentar derrotar o evadir la contribución

§ 33094. Prescripción de acción penal

§ 33095. Asignación de pagos