(1) Sólo se reconocerá ganancia a dicho socio en la medida en que el dinero recibido exceda la base ajustada de su interés en dicha sociedad especial inmediatamente antes de la distribución, y
(2) sólo se reconocerá pérdida a dicho socio en el caso de una liquidación total del interés del socio si la propiedad distribuida es una de las descritas en los incisos (A) o (B) siguientes. El monto de la pérdida será el exceso de la base ajustada del interés del socio en la sociedad especial sobre la suma de:
(A) El dinero distribuido, y
(B) la base para el socio determinada según lo dispuesto en la sec. 30577 de este título, de cualesquiera créditos no realizados o inventario (según se define en la sec. 30570 de este título).
(3) Regla especial.— Esta sección no aplicarán a distribuciones hechas a un socio que se retira o al sucesor de un socio fallecido. En estos casos se aplicarán las disposiciones de la sec. 30575 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte II - Contribucion Sobre Ingresos
Capítulo 1013 - Otros Contribuyentes Especiales
Subcapítulo D - Sociedades Especiales y Socios
§ 30552. Imposición de la contribución a los socios y no a la sociedad especial
§ 30553. Cómputos de la sociedad especial
§ 30554. Método de contabilidad de la sociedad especial y de sus socios
§ 30555. Año contributivo de la sociedad especial y de sus socios
§ 30556. Inclusión del ingreso de la sociedad especial
§ 30557. Transacciones entre el socio y la sociedad especial
§ 30558. Gastos de organización y de sindicación
§ 30559. No reconocimiento de ganancia o pérdida en aportación de propiedad a una sociedad especial
§ 30561. Continuidad de sociedades especiales
§ 30562. Ejercicio de la opción
§ 30563. Sociedades no elegibles
§ 30565. Determinación de la participación distribuible del socio
§ 30566. Trato de la participación distribuible a socios no residentes
§ 30567. Determinación de la base ajustada del interés del socio
§ 30568. Base del interés del socio que recibe una distribución
§ 30569. Reconocimiento de ganancia o pérdida en distribuciones hechas por sociedades especiales
§ 30570. Naturaleza de la ganancia o pérdida en la disposición de propiedad distribuida
§ 30571. Venta o permuta del interés en una sociedad especial
§ 30572. Tratamiento de ciertas deudas
§ 30573. Pagos al sucesor de un socio fallecido
§ 30574. Tratamiento de ciertas distribuciones
§ 30575. Pagos a un socio que se retira o a los sucesores de un socio fallecido
§ 30576. Base de la propiedad aportada a la sociedad especial
§ 30577. Base de propiedad distribuida que no sea dinero
§ 30578. Crédito por aportación en sociedad especial descrita en la sec. 30551(a)(10) de este título