(a) Regla general.— Ninguna ganancia o pérdida será reconocida a una sociedad especial o a sus socios en el caso de aportación de dinero u otra propiedad a la sociedad especial en permuta por un interés en la sociedad especial, excepto según se dispone en los incisos (b) y (c) de esta sección.
(b) Propiedad depreciada flexiblemente.— Excepto según se dispone en la sec. 30581(c) de este título, en el caso de una aportación de propiedad depreciada flexiblemente, no se reconocerá ganancia o pérdida a una sociedad especial o a sus socios a menos que opte por lo contrario. La elección de reconocer ganancia o pérdida en dicha aportación será irrevocable.
(c) Propiedad sujeta a obligación o gravamen.— En el caso de la aportación de propiedad sujeta a una obligación o gravamen, la cual sea asumida por la sociedad especial, se reconocerá ganancia al socio aportador en la medida en que la parte de la obligación o gravamen de la cual es liberado exceda la base ajustada, para el socio aportador, de la propiedad aportada.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte II - Contribucion Sobre Ingresos
Capítulo 1013 - Otros Contribuyentes Especiales
Subcapítulo D - Sociedades Especiales y Socios
§ 30552. Imposición de la contribución a los socios y no a la sociedad especial
§ 30553. Cómputos de la sociedad especial
§ 30554. Método de contabilidad de la sociedad especial y de sus socios
§ 30555. Año contributivo de la sociedad especial y de sus socios
§ 30556. Inclusión del ingreso de la sociedad especial
§ 30557. Transacciones entre el socio y la sociedad especial
§ 30558. Gastos de organización y de sindicación
§ 30559. No reconocimiento de ganancia o pérdida en aportación de propiedad a una sociedad especial
§ 30561. Continuidad de sociedades especiales
§ 30562. Ejercicio de la opción
§ 30563. Sociedades no elegibles
§ 30565. Determinación de la participación distribuible del socio
§ 30566. Trato de la participación distribuible a socios no residentes
§ 30567. Determinación de la base ajustada del interés del socio
§ 30568. Base del interés del socio que recibe una distribución
§ 30569. Reconocimiento de ganancia o pérdida en distribuciones hechas por sociedades especiales
§ 30570. Naturaleza de la ganancia o pérdida en la disposición de propiedad distribuida
§ 30571. Venta o permuta del interés en una sociedad especial
§ 30572. Tratamiento de ciertas deudas
§ 30573. Pagos al sucesor de un socio fallecido
§ 30574. Tratamiento de ciertas distribuciones
§ 30575. Pagos a un socio que se retira o a los sucesores de un socio fallecido
§ 30576. Base de la propiedad aportada a la sociedad especial
§ 30577. Base de propiedad distribuida que no sea dinero
§ 30578. Crédito por aportación en sociedad especial descrita en la sec. 30551(a)(10) de este título