(a) Ingresos y deducciones.— El ingreso bruto de una sociedad especial para cualquier año contributivo será determinado según se dispone en las secs. 30101 y 30102 de este título. Igualmente, su ingreso o pérdida neta para cualquier año contributivo se determinará como en el caso de cualquier otra sociedad, excepto que deberá determinar por separado las partidas descritas en la sec. 30556(a) de este título, y:
(1) No se admitirá una deducción por pérdida neta en operaciones según lo dispuesto en la sec. 30134 de este título.
(2) No se admitirá una deducción por contribuciones según lo dispuesto en la sec. 30124 de este título con respecto a las contribuciones descritas en la sec. 30201 de este título.
(3) No se admitirán las deducciones concedidas por las secs. 30072(d) y 30139 de este título.
(4) Tendrá derecho a la depreciación flexible que concede en la Sección 1040 [sic]. dentro de las limitaciones de dicha sección, y a la depreciación acelerada dispuesta en la sec. 30181 de este título.
(b) Opciones de la sociedad especial.— Cualquier opción que afecte el cómputo del ingreso neto de una sociedad especial será ejercida por ésta.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte II - Contribucion Sobre Ingresos
Capítulo 1013 - Otros Contribuyentes Especiales
Subcapítulo D - Sociedades Especiales y Socios
§ 30552. Imposición de la contribución a los socios y no a la sociedad especial
§ 30553. Cómputos de la sociedad especial
§ 30554. Método de contabilidad de la sociedad especial y de sus socios
§ 30555. Año contributivo de la sociedad especial y de sus socios
§ 30556. Inclusión del ingreso de la sociedad especial
§ 30557. Transacciones entre el socio y la sociedad especial
§ 30558. Gastos de organización y de sindicación
§ 30559. No reconocimiento de ganancia o pérdida en aportación de propiedad a una sociedad especial
§ 30561. Continuidad de sociedades especiales
§ 30562. Ejercicio de la opción
§ 30563. Sociedades no elegibles
§ 30565. Determinación de la participación distribuible del socio
§ 30566. Trato de la participación distribuible a socios no residentes
§ 30567. Determinación de la base ajustada del interés del socio
§ 30568. Base del interés del socio que recibe una distribución
§ 30569. Reconocimiento de ganancia o pérdida en distribuciones hechas por sociedades especiales
§ 30570. Naturaleza de la ganancia o pérdida en la disposición de propiedad distribuida
§ 30571. Venta o permuta del interés en una sociedad especial
§ 30572. Tratamiento de ciertas deudas
§ 30573. Pagos al sucesor de un socio fallecido
§ 30574. Tratamiento de ciertas distribuciones
§ 30575. Pagos a un socio que se retira o a los sucesores de un socio fallecido
§ 30576. Base de la propiedad aportada a la sociedad especial
§ 30577. Base de propiedad distribuida que no sea dinero
§ 30578. Crédito por aportación en sociedad especial descrita en la sec. 30551(a)(10) de este título