A partir de la aprobación de esta ley y por el término de un (1) año, las peleas de gallos tendrán como tiempo máximo de duración catorce (14) minutos. Durante este período de un (1) año, la Oficina de Asuntos Gallísticos del Departamento de Recreación y Deportes estudiará y evaluará la eficacia de la reducción del tiempo de peleas y establecerá, mediante reglamento, un término fijo de tiempo para las mismas, que no excederá de los quince (15) minutos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
§ 301. Autorización como deporte lícito; derecho cultural
§ 301c. Facultades del Secretario
§ 301h. Categorías de galleras
§ 301m. Querellas sobre actuaciones
§ 301n. Protestas sobre decisiones del juez de valla
§ 301o. Agresiones contra jueces
§ 301p. Restricciones a los jueces y asistentes
§ 301q. Fijación de la temporada de la lidia de gallos
§ 301s. Reglamentación sobre gallos
§ 301t-1. Estudio sobre prohibiciones adicionales
§ 301w. Reglamento interno de las galleras
§ 302. Auspicio de torneos estatales de gallos