2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 18 - Ley de Gallos
§ 302b. Duración de peleas

A partir de la aprobación de esta ley y por el término de un (1) año, las peleas de gallos tendrán como tiempo máximo de duración catorce (14) minutos. Durante este período de un (1) año, la Oficina de Asuntos Gallísticos del Departamento de Recreación y Deportes estudiará y evaluará la eficacia de la reducción del tiempo de peleas y establecerá, mediante reglamento, un término fijo de tiempo para las mismas, que no excederá de los quince (15) minutos.