Si cualquier juez de valla, juez de inscripción, técnico de limpieza, asistente del juez de inscripción, operador, dueño o administrador de gallera no realiza las funciones inherentes a su cargo eficientemente, la persona afectada podrá radicar, ante el Director Ejecutivo de la Oficina de Asuntos Gallísticos del Departamento, una querella por escrito, estableciendo los hechos y argumentos que apoyan su posición. El Director Ejecutivo de la Oficina de Asuntos Gallísticos del Departamento podrá celebrar vistas administrativas preliminares o referir cualquier querella a la Comisión de Asuntos Gallísticos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
§ 301. Autorización como deporte lícito; derecho cultural
§ 301c. Facultades del Secretario
§ 301h. Categorías de galleras
§ 301m. Querellas sobre actuaciones
§ 301n. Protestas sobre decisiones del juez de valla
§ 301o. Agresiones contra jueces
§ 301p. Restricciones a los jueces y asistentes
§ 301q. Fijación de la temporada de la lidia de gallos
§ 301s. Reglamentación sobre gallos
§ 301t-1. Estudio sobre prohibiciones adicionales
§ 301w. Reglamento interno de las galleras
§ 302. Auspicio de torneos estatales de gallos